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  • Empleador tiene la facultad de poner camaras??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #536740  por DRJOTA
 
Que tal colegas?

Les trasmito la siguiente consulta que me hizo un empleador. En su fabrica, han desaparecido una serie de herramientas y por ello decidio instalar cámaras en el lugar de trabajo, además de hacerlo a los fines de obtener seguridad lo quiere hacer con la finalidad de que estas cámaras actuen como supervisores siempre presente, las cuales permiten ver el desempeño de los trabajadores.

El tema es que cuando el delegado se entero que se iban a poner comenzo a hacer reclamos tendientes a q las mismas no se instalen.

Y he aquí mi preguntan, consideran uds que el empleador tiene la plena facultad de poner cámara, tal como lo desea en el lugar de trabajo?, es ajustado a derecho el planteo del delegado?, estaría vulnerando algun derecho de los trabajadores con la instalación??

Yo considero q es viable (Arts 64 y 65 LCT), pero me gustaria escuchar otras opiniones.

Desde ya gracias por la atención!!
 #536755  por dhabogada
 
Hola, el empleador esta facultado a hacerlo, siempre que los trabajadores esten comunicados de ello, y que no se invada la intimidad de ellos, como ser vestuarios y lugares de acceso personal. Es mi opinión...
 #536785  por DRJOTA
 
Hola Dhabogada!, coincido con vos yo pienso lo mismo. Así que me desorienta la forma de actuar del delegado, el cual enterado de la instalaciones de la cámaras se nego a ello, y solicito una reunión con el empleador.

El miedo de este ultimo, es que por medio del delegado intervenga el sindicato... De todos modos, y según mi parecer, nosé que podría llegar a hacer el sindicato sobre este tema, ya que instalar o no las cámaras creo q es una facultad del empleador, siempre y cuando no se invada la privacidad de los trabajadores.
 #537053  por Romina34
 
coincido con la colega preopinante. el empleado esta posibiltado a colocar cámaras de seguridad siempre que no se vulnere la intimidad de los empleados, deben ser en lugares públicos y a la vista, quiero decir, no ocultas.
que el delegado haga el planteo que quiera, y el empleador se mantenga en su postura, máxime si las cámaras no están ubicadas en lugares sensibles, como el baño, vestuarios, etc.
saludos,