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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #522156  por maite213
 
ESTIMADOS FORISTAS
CON TODO EL DOLOR DEL MUNDO ESTOY REALIZANDO LA PENSION PARA MI MADRE DE MI PADRE FALLECIDO, CREI Q NUNCA IBA A LLEGAR ESE DIA.
LES COMENTO EL CASO
NACIDO 25/05/1951
FECHA DE DEFUNCION 14/02/2010
EDAD 58 AÑOS 8 MESES 11 DIAS
18 AÑOS 25/05//1969
INSCRIPTO EN AUTONOMOS
APORTES AUTONOMOS 9 AÑOS
10/1993-09/1994 1 AÑO
03/1995-06/1995 2 MESES
11/1995 1 MES
01/1996 1 MES
12/1996 1 MES
01/1997-12/2001 5 AÑOS
01/2002-07/2002 7 MESES
08/2005-12/2005 5 MESES
01/2006-04/2006 4 MESES
11/2008-12/2008 2 MESES
01/2009-12/2009 1 AÑO
01/2010 1 MES
LA PREGUNTA ES: LE COMPRO LOS AÑOS QUE LE FALTAN A LOS EFECTOS DE COMPLETAR LOS 30 AÑOS APLICO LEY 24476? HAY ALGUN BENEFICIO PARA APLICARLE, EL ART 38 SE PUEDE? LE HAGOGO EL SICAM COMO ALBAÑIL ES EL COD 401, NO? ESTOY UN POCO DESORIENTADA AGRADECERE LAS RESPUESTAS!!
SALUDOS!!
 #522166  por stonera27
 
Hola! Lamento mucho lo de tu papa. Este caso debe de ser muy dificil para vos. Te paso a comentar que no vas a poder utilizar el Art. 38, ya que tiene abonados varios años luego de 2007, asi que perderias el derecho de aplicarlo. Con respecto a lo demas, veo que podes aplicar la ley 24476 sin ningun problema, y segun con que codigo estaba en autonomo podes aplicar el de changador para que abarque mas años abonados. Si tenes mas dudas, pregunta trataremos de ayudarte. Espero no haberme equivocado. Saludos
 #537124  por maite213
 
ESTIMADOS FORISTAS
CON TODO EL DOLOR DEL MUNDO ESTOY REALIZANDO LA PENSION PARA MI MADRE DE MI PADRE FALLECIDO, CREI Q NUNCA IBA A LLEGAR ESE DIA.
LES COMENTO EL CASO
NACIDO 25/05/1951
FECHA DE DEFUNCION 14/02/2010
EDAD 58 AÑOS 8 MESES 11 DIAS
18 AÑOS 25/05//1969
INSCRIPTO EN AUTONOMOS
APORTES AUTONOMOS 9 AÑOS
10/1993-09/1994 1 AÑO
03/1995-06/1995 2 MESES
11/1995 1 MES
01/1996 1 MES
12/1996 1 MES
01/1997-12/2001 5 AÑOS
01/2002-07/2002 7 MESES
08/2005-12/2005 5 MESES
01/2006-04/2006 4 MESES
11/2008-12/2008 2 MESES
01/2009-12/2009 1 AÑO
01/2010 1 MES
me doy con que tiene un plan de pagos del q le quedaron unas 10 cuotas se puede pagar las 10 cuotas juntas que le quedaron para lograr la regularidad, de los 30 meses en los 36 o LE COMPRO LOS AÑOS QUE LE FALTAN A LOS EFECTOS DE COMPLETAR LOS 30 AÑOS APLICO LEY 24476? HAY ALGUN BENEFICIO PARA APLICARLE, EL ART 38 SE PUEDE? LE HAGOGO EL SICAM COMO ALBAÑIL ES EL COD 401, NO? ESTOY UN POCO DESORIENTADA AGRADECERE LAS RESPUESTAS!!
SALUDOS!!
 #537154  por ISIS
 
Tendrias que especificar que plan de pagos tenia... por que ley ..y que periodos abarcaba...
En relacion a la regularidad, fijate si tenia 18 meses abonados dentro del mes de vencimiento, en los ultimos 30 meses anteriores al fallecimiento...
Si no los tenia, comentanos si tenia 12 meses...????
 #537159  por NICOLETTA
 
Maite213:
Lamento mucho lo de tu papá. Espero poder ayudarte con los datos que nos das en tu post.
Observo que no cumple con la regularidad de 30 meses en los últimos 36 meses ni con 18 meses en los últimos
36 meses, para ser un Aportante regular con derecho.
Te queda buscar la regularidad con 30años de aportes (regular con derecho) ó 12 meses en los últimos 60 meses y la mitad de los años de aportes necesarios para obtener jubilación (irregular con derecho).
La IRREGULAR CON DERECHO la tenés. Dentro de 02/2005 a 01/2010 tenés MAS de 12 meses de aportes. Pero ¡Ojo! fijate que estén pagados dentro del MES de vencimiento. Y como era activo al 2010 la mitad de años de aportes necesarios para obtener jubilación serían 15 años lo que debes buscarle.
Ya tenes 9 años de los 15 años que necesitás. Te están faltando 6 años que podés acogerlos a la Moratoria Ley 24.476 (comprar los años más baratos).
Una pregunta: Ponés que tiene afiliación autónoma pero no ponés la fecha de inicio. Sería importante que lo
aclararas. Y el código de actividad de Albañil es 401. ¿Está afiliado en ANSES como albañil?
La moratoria que mencionás ¿Cuál es?
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Respondiendo a tu pregunta sobre el Art. 38 como beneficio de Declaración Jurada (que no corresponde a tu caso de pensión) pero que podés aplicarlo a otro trámite, te informo que se utiliza en los períodos hasta 12/1968 inclusive. Para períodos a partir de 01/1969 a 09/1993 podés aplicar como beneficio de Declaración Jurada el Art. 3 Ley 24.476.
Además como tu papá era activo a la fecha de defunción nunca podrías haber aplicado beneficios de declaración jurada.
Nicoletta