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  • Ley 24013, afip

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #537138  por fertwo
 
Consultita: cuando se intima por ley 24013, solo se remite copia a la afip del primer telegrama, no? Es decir, una vez que el empleador contesta desconociendo la deficiencia en la registración y rechazando la intimación, no es necesario enviar copia del telegrama que envia el trabajador al empleador considerandose injuriado y despedido en forma indirecta, no?

Yo tengo entendido que no, pero nosé porque entré en duda. Please que alguien me responda!!!
 #537482  por GU
 
Correcto, solo la intimacion se cursa a la AFIP, no la efectivizacion del apercibimiento.

Salutes!
 #537506  por fertwo
 
Gracias Gu, por contestarme!! me quedo tranqui, entonces!!!!

Saludos!!!