Hola Buenos dias a todos, la consulta es la siguiente mujer con 60 años y 8 meses exceso edad con 12 años aportes como docente universitaria en nacion y 3 en universidad privada al frente del aula , con aportes monotributo y autonomo salteados d elos cuales tiene 10 meses pagos posteriores al 93 y deuda hasta hoy por que aún no le dio d ebaja.
en principio yo hice el prorrateo d elos 12 años por docente universitario y me dio que debía llegar a los 27 años 6 meses( por que la ley actual de fines del 2009 la 26508 de docentes universitarios requiere 25 de servicvos d elos cuales 10 al frente del aula... la resolucion 33/09 aclara lo siguiente " ambos extremos deben cumplirse par acceder a la jubilacion ordenaria, cundo no puedan acreditarse periodos completos del lapso exigudo de servicios universitarios, los mismos seran considerados servicios comunes a los efectos del ahaber d ela prestacion rigiendose por la 24241, AHORA me pregunto porque en udai DE PARANÁ me dijeron que no podía hacer el prorrateo de servicios docentes yo me pregunto no deberia interpretarse en forma restrictiva y literal o sea que sea solo a los efectos del haber estos servicios docentes considrados comunes. me explico? entonces ahora par allegar a los 30 deberé comprar 2 años y ocho meses pagando parte de la deuda de monotributo posterior al 93? mediante que formularios los de la cuenta corriente? datos para el pago? ? Grqacias Diani
en principio yo hice el prorrateo d elos 12 años por docente universitario y me dio que debía llegar a los 27 años 6 meses( por que la ley actual de fines del 2009 la 26508 de docentes universitarios requiere 25 de servicvos d elos cuales 10 al frente del aula... la resolucion 33/09 aclara lo siguiente " ambos extremos deben cumplirse par acceder a la jubilacion ordenaria, cundo no puedan acreditarse periodos completos del lapso exigudo de servicios universitarios, los mismos seran considerados servicios comunes a los efectos del ahaber d ela prestacion rigiendose por la 24241, AHORA me pregunto porque en udai DE PARANÁ me dijeron que no podía hacer el prorrateo de servicios docentes yo me pregunto no deberia interpretarse en forma restrictiva y literal o sea que sea solo a los efectos del haber estos servicios docentes considrados comunes. me explico? entonces ahora par allegar a los 30 deberé comprar 2 años y ocho meses pagando parte de la deuda de monotributo posterior al 93? mediante que formularios los de la cuenta corriente? datos para el pago? ? Grqacias Diani
