Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • enviar un plan antes de los 60 años

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #551266  por mafeci11
 
hola, tengo una sra que cumple los años el 8/6 pero ya dispone del dinero para pagar la moratoria. Es pensionada asi que paga al contado y gracias a Dios, los aportes posteriores al 93 son de SDM real, con mas de 16 horas semanales.... mi duda es ... que cargo en el sicam al momento de enviar el plan? en datos para la liquidacion...prestacion solicitada? jubilacion., u otros libres de deuda ? ya que no tiene la edad
 #551315  por hugo2
 
mafeci11 escribió:hola, tengo una sra que cumple los años el 8/6 pero ya dispone del dinero para pagar la moratoria. Es pensionada asi que paga al contado y gracias a Dios, los aportes posteriores al 93 son de SDM real, con mas de 16 horas semanales.... mi duda es ... que cargo en el sicam al momento de enviar el plan? en datos para la liquidacion...prestacion solicitada? jubilacion., u otros libres de deuda ? ya que no tiene la edad
Jubilacion, de lo contrario al cumplir la edad tendrias que pedir la baja del plan y hacer uno nuevo.
 #551608  por mafeci11
 
o sea, insisto porque no lo hice nunca y encima mi clienta paga al contado la deuda.
Aunque cumpla los años el 8/6 puedo HOY ya enviar el sicam ? si, no?
Perdon por preguntar mil vecessss!
 #551984  por avel2007
 
mafeci11 escribió:o sea, insisto porque no lo hice nunca y encima mi clienta paga al contado la deuda.
Aunque cumpla los años el 8/6 puedo HOY ya enviar el sicam ? si, no?
Perdon por preguntar mil vecessss!
Si no tenés los 30 años aportados no podes hacer nada previamente, hacé un cálculo para tener idea del monto del que estamos hablando, y solo a partir de los 60 podes presentar.
suerte
ave
 #552568  por vaninaalejandra
 
HOLA, SI PODES PRESENTAR EL EXPEDIENTE 120 DIAS ANTES EN ANSES, YO SIEMPRE LOS PRESENTOS Y NO HAY PROBLEMA, POR MAS QUE TENGA MORATORIA EN MI LOCALIDAD NUNCA ME DIJERON NADA Y SIEMPRE ME LO ACORDARON LUEGO QUE LLEGO A LOS 60 AÑOS.
 #552623  por alejandra01
 
Mafe. Claro que podés hacer el sicam, enviarlo y pagar la deuda que te dé. Poné Jubilación, ley, si no hay moratoria, calcularía por la 24476 solo si hay años por ddjj (esto que me lo corrijan los chicos), de lo contrario, vería cuanto me da calculando por la 24241...
No te olvides que para la fecha que das de cumple falta nada más que un mes!.
De esa manera cancelas los aportes que adeudes.Hasta acá parte afip.
La jubi en Anses la podés presentar hasta 3 meses antes de la fecha de nacimiento, pero en nuestro caso no es conveniente porque no genera retroactivo, ya que no cumple con el requisito de la edad. (para generar retro debe tener los 2 requisitos si o sí: edad y aportes). Si la ingresás ahora, y al cumplir los 60 la mujer te la aprueban a la semana, no tenés retroactivo más que por esa semana. Se entiende?.
Es conveniente que saques el turno una vez que cumpla la edad, al otro día te diría yo, ya que desde ahí comenzará a correr el retroactivo.
suerte.
 #552624  por alejandra01
 
vaninaalejandra escribió:HOLA, SI PODES PRESENTAR EL EXPEDIENTE 120 DIAS ANTES EN ANSES, YO SIEMPRE LOS PRESENTOS Y NO HAY PROBLEMA, POR MAS QUE TENGA MORATORIA EN MI LOCALIDAD NUNCA ME DIJERON NADA Y SIEMPRE ME LO ACORDARON LUEGO QUE LLEGO A LOS 60 AÑOS.

sí. pero no te genera retroactivo, o sea que cuando la señora cobre, vos cobrás cuando ella vaya cobrando sus sucesivas jubilaciones y en cuotas de a 50 pesos...no aconsejable
 #552625  por alejandra01
 
avel2007 escribió:
mafeci11 escribió:o sea, insisto porque no lo hice nunca y encima mi clienta paga al contado la deuda.
Aunque cumpla los años el 8/6 puedo HOY ya enviar el sicam ? si, no?
Perdon por preguntar mil vecessss!
Si no tenés los 30 años aportados no podes hacer nada previamente, hacé un cálculo para tener idea del monto del que estamos hablando, y solo a partir de los 60 podes presentar.
suerte
ave

creo que avel se confundió. Sí podés hacer algo, y ese algo es pagar los aportes de contado, porque no va a haber cuotas a vencer que debas pagar de tu bolsillo, sin que te las descuente anses, si no ingresás la jubilación.
Lo que no es recomendable, repito, es presentar la jubi antes.
Eso es para el particular que la hace solito.