Hola a todos, tengo una duda que me quedó repicando hace un tiempo cuando me consultaron por un divorcio que al final no se inició...
Recuerdo que el señor había tenido último domicilio real en provincia (creo que era la matanza o morón), sin embargo el matrimonio vivio el año que duró la relación, en lo que sería partido de san martín, a donde el luego de la separación de hecho cambió el domicilio.
Le pasó honorarios...diciéndolo que dado que hace más de 12 años que estaban separados de hecho, ibamos a decir que éstuvieron juntos un tiempo más, hasta que el realizó el cambio de domicili a San Martin, para que la jurisdicción cayerá ahí...
Luego empezó a decir que la mujer decía que en capital divorciarse era más barato bla bla bla
Le termíné diciendo que podiamos intentar hacerlo en capital, que me daba lo mismo, pero mis honorarios IBAN A SER LOS MISMO.... Como que pensaba que yo lo quería hacer en prov para cobrarle más, no sé...
Bueno, despúes de todo este relato, el tema es ¿como es el tema de la pórroga de jurisdicción???
Leí el código procesal civil y comercial de nación, y en ppio. el divoricio se debe iniciar en el último domicilio conyugal, o si es contradictorio en el domicilio del demandado a elección del actor...
La pregunta es ¿que medios utilizan para que la jurisdicción sea en capital federal? ¿testigos? ¿determina el domicilio el domi que figura en el dni??
Agradecería sus respuestas, porque siempre suele pasar que quieren cambiar la jurisdicción y no se bien como manejar el tema.
Saludos
Iris
Recuerdo que el señor había tenido último domicilio real en provincia (creo que era la matanza o morón), sin embargo el matrimonio vivio el año que duró la relación, en lo que sería partido de san martín, a donde el luego de la separación de hecho cambió el domicilio.
Le pasó honorarios...diciéndolo que dado que hace más de 12 años que estaban separados de hecho, ibamos a decir que éstuvieron juntos un tiempo más, hasta que el realizó el cambio de domicili a San Martin, para que la jurisdicción cayerá ahí...
Luego empezó a decir que la mujer decía que en capital divorciarse era más barato bla bla bla
Le termíné diciendo que podiamos intentar hacerlo en capital, que me daba lo mismo, pero mis honorarios IBAN A SER LOS MISMO.... Como que pensaba que yo lo quería hacer en prov para cobrarle más, no sé...
Bueno, despúes de todo este relato, el tema es ¿como es el tema de la pórroga de jurisdicción???
Leí el código procesal civil y comercial de nación, y en ppio. el divoricio se debe iniciar en el último domicilio conyugal, o si es contradictorio en el domicilio del demandado a elección del actor...
La pregunta es ¿que medios utilizan para que la jurisdicción sea en capital federal? ¿testigos? ¿determina el domicilio el domi que figura en el dni??
Agradecería sus respuestas, porque siempre suele pasar que quieren cambiar la jurisdicción y no se bien como manejar el tema.
Saludos
Iris
Última edición por Iris el Dom, 07 Oct 2007, 14:30, editado 1 vez en total.