Colegas:
Les hago una consulta, disculpen mi ignorancia, pero es mi primer caso de estas caracteristicas.
El tema es asi: a mi cliente Pedro lo demandan por divorcio contradictorio (la jurisdiccion es Pcia de Bs.As).
Nos presentamos a la primer audiencia de etapa previa, ante la consejera de familia y la contraria. En esta audiencia acordamos en casi todos los puntos y convenimos en convertirlo en un divocio por presentacion conjunta, y firmamos el acta de acuerdo.
Mi pregunta es: ahora el expediente corre de oficio con la presentacion del acta por parte de la consejera?, o debemos presentar la demanda? Ya que la contraria solo presentó el formulario de solicitud de trámite. Por supuesto no pregunté ni a la consejera ni a la abogada de la contraria, ya que iba a quedar como un idiota e iba a evidenciar mi inexperiencia.
Les agradezco si me pueden orientar. Desde ya mil gracias
Gabriel.
Les hago una consulta, disculpen mi ignorancia, pero es mi primer caso de estas caracteristicas.
El tema es asi: a mi cliente Pedro lo demandan por divorcio contradictorio (la jurisdiccion es Pcia de Bs.As).
Nos presentamos a la primer audiencia de etapa previa, ante la consejera de familia y la contraria. En esta audiencia acordamos en casi todos los puntos y convenimos en convertirlo en un divocio por presentacion conjunta, y firmamos el acta de acuerdo.
Mi pregunta es: ahora el expediente corre de oficio con la presentacion del acta por parte de la consejera?, o debemos presentar la demanda? Ya que la contraria solo presentó el formulario de solicitud de trámite. Por supuesto no pregunté ni a la consejera ni a la abogada de la contraria, ya que iba a quedar como un idiota e iba a evidenciar mi inexperiencia.
Les agradezco si me pueden orientar. Desde ya mil gracias
Gabriel.