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  • Art 482 CC Proteccion de persona alcoholica

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #638042  por mmmartin4
 
Buenas a todos, quisiera consultar donde debo concurrir en la Jurisdiccion de Lomas de Zamora para iniciar un juicio por proteccion de personas, art. 482 codigo civil, por una persona alcoholica sin voluntad de internarse, caso muy triste porque se encuentra en situación economica muy precaria, es jefe de familia y familiar mio (art. 140 CC). Ademas si alguien puede informarme por el procedimiento?, destaco que no tiene certificados medicos, y si bien concurrio a un CPA en Zona Sur tampoco tuvo voluntad de continuar. Puedo hacer la denuncia en la Defensoria de Menores incapaces directamente?, estoy desorientado. desde ya muchas gracias a todos. Abrazo