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  • PRESCRÍPCIÓN DE TASAS MUNICIPALES

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #644231  por VICTORIA2004
 
A mi clienta, le iniciaron un apremio por deuda de tasas municipales (municipalidad de Rosario). Sucede que le reclaman desde el año 2002 hasta la fecha. Entiendo que el plazo de prescripción es quinquenal (FILCROSA - Aplicación de los términos de prescripción del CC).
Interpongo excepción de prescripción por los períodos ya prescriptos y me allano por el resto?
Necesito ayuda urgente. Me están corriendo los plazos!!!
Gracias!!!!!!!!!!!!!
 #644720  por molinag
 
La prescripcion y fallo son correctos, que vas a hacer con el resto depende que veas vos que se pueda hacer ( para que no pague)
 #645465  por VICTORIA2004
 
Muchas gracias!!!
Se me presenta la siguiente duda.
El código fiscal de mi provincia establece que la prescripción se computa a partir del 1º Enero del año siguiente .... (tal como la LPT).
Aplicando la doctrina de Corte, surge que la prescripción se rige por el CC.
Entonces: ¿los plazos para computarla son los del CC (arts 25 ) ¿no? (o sea, no se cuenta desde el 1º de Enero del año siguiente).