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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #651547  por marale
 
Hola Chicos, alguien me puede decir cdo prescriben las deudas por Ingresos Brutos? Deudas, Multas e intereses?
Grax desde ya
:P
 #652047  por molinag
 
Ley 11683, creo que art 56, codigo tributario de de tu provincia, creo que fallo filcrosa..
 #652476  por marale
 
molinag escribió:Ley 11683, creo que art 56, codigo tributario de de tu provincia, creo que fallo filcrosa..

Grax, lo busque al fallo, muy bueno
Besis
:P
 #654945  por Emilianolaplata
 
nono, no le des bola a filcrosa...tenes que llegar a la corte para que te lo apliquen...
me desdico al dcho tributario asi que voy a tratar de darte una mano
las deudas por ingrsos brutos en pcia de buenos aires prescriben a los 5 años contados desde el 1º de enero del año siguiente al vencimiento general de la obligación...
es decir, por ejmplo, el periodo 01 del año 2005, comienza a correr el 1º de enero del año 2007 (año siguiente al vencimiento general de la obligacion que es en el 2006), y por tanto, prescribiria el 31 de dicimebre del año 2011.
este es el criterio que tenes que tomar, logicamente que podes plantear inconstitucionalidades con base en filcrosa pero tenes que llegar a una instancia superior, lo que te demora costos, y tiempo
 #655057  por marale
 
Emilianolaplata escribió:nono, no le des bola a filcrosa...tenes que llegar a la corte para que te lo apliquen...
me desdico al dcho tributario asi que voy a tratar de darte una mano
las deudas por ingrsos brutos en pcia de buenos aires prescriben a los 5 años contados desde el 1º de enero del año siguiente al vencimiento general de la obligación...
es decir, por ejmplo, el periodo 01 del año 2005, comienza a correr el 1º de enero del año 2007 (año siguiente al vencimiento general de la obligacion que es en el 2006), y por tanto, prescribiria el 31 de dicimebre del año 2011.
este es el criterio que tenes que tomar, logicamente que podes plantear inconstitucionalidades con base en filcrosa pero tenes que llegar a una instancia superior, lo que te demora costos, y tiempo

Grax Emiliano, lindo casito me toco, como para varias un "lío" :mrgreen:
Saludos
 #655673  por molinag
 
marale escribió:las deudas por ingrsos brutos en pcia de buenos aires prescriben a los 5 años contados desde el 1º de enero del año siguiente al vencimiento general de la obligación
Y EL CASO FILCROSA QUE TE DICE?
marale escribió:es decir, por ejmplo, el periodo 01 del año 2005, comienza a correr el 1º de enero del año 2007 (año siguiente al vencimiento general de la obligacion que es en el 2006), y por tanto, prescribiria el 31 de dicimebre del año 2011
OBVIAMENTE
marale escribió:este es el criterio que tenes que tomar, logicamente que podes plantear inconstitucionalidades con base en filcrosa pero tenes que llegar a una instancia superior, lo que te demora costos, y tiempo
ESO NO LO DISCUTO.

Amen de esto sra /srita marale, entre musica y video que postea le queda tiempo!!! jajjaja muy bueno (canciones de ayer...y...pre)