Mi clienta alquiló una casa en Santa Clara del Mar y resulta que sobre ese inmueble va a recaer proximamente un remate. Tiene a partir de que se apruebe el remate 10 días para dejar la casa bajo aperc. de Lanzamiento.
El locador sabía que no podía alquilar el inmueble, ya que había una hipoteca previa, pero igual lo hizo y ahora la perjudicada es mi clienta.
Nosotros ya presentamos en el juz. (Marc. T. de Alvear) el contrato de locación debidamente sellado y con fecha cierta para demostrar que no eramos ocupantes, que teníamos ( mi clienta) causa y título de ocupación. Pero el juez ya decretó la inoponibilidad de ese contrato por ser posterior a la constitución de la hipoteca y mandó a que se notifiquen a las partes y a a mi clienta ( 3º en cuestión) de la circunstancia del lanzamiento.
Pero el tema fundamental es el siguiente... yo pensaba plantear una vez que la notifiquen una MEDIDA DE NO INNOVAR para parar el remate. Eh aquí que no puedo cumplir con uno de los requisitos: la caución, ya que no está entre las excepciones de la caución juratoria y tampoco tiene bienes para hacer una real, ni tampoco una persona que la respalde para hacer una personal.
QUÉ HAGO? PRESENTO UN ESCRITO PIDIENDO QUE SE PARE EL REMATE Y EXPLICO LOS MOTIVOS SIN ACREDITAR LOS REQUISITOS Y SIN TITULARLO COMO MEDIDA CAUTELAR?
PUEDEN DESALOJARLA ASÍ COMO ASÍ, SIENDO ELLA 3º DE BUENA FE Y CON 2 HIJOS MENORES?'??
QUIERO AYUDAR A ESTA GENTE Y LA VERDAD ES QUE NO SE ME OCURRE CÓMO. POR FAVOR TIREN IDEAS. MUCHAS GRACIAS GRACIAS Y MIL GRACIAS.
Descarten el daños y perjuicios contra el locador porque el tipo se fue a España y la verdad es que el tema se tornaría muy tedioso además de costoso.
El locador sabía que no podía alquilar el inmueble, ya que había una hipoteca previa, pero igual lo hizo y ahora la perjudicada es mi clienta.
Nosotros ya presentamos en el juz. (Marc. T. de Alvear) el contrato de locación debidamente sellado y con fecha cierta para demostrar que no eramos ocupantes, que teníamos ( mi clienta) causa y título de ocupación. Pero el juez ya decretó la inoponibilidad de ese contrato por ser posterior a la constitución de la hipoteca y mandó a que se notifiquen a las partes y a a mi clienta ( 3º en cuestión) de la circunstancia del lanzamiento.
Pero el tema fundamental es el siguiente... yo pensaba plantear una vez que la notifiquen una MEDIDA DE NO INNOVAR para parar el remate. Eh aquí que no puedo cumplir con uno de los requisitos: la caución, ya que no está entre las excepciones de la caución juratoria y tampoco tiene bienes para hacer una real, ni tampoco una persona que la respalde para hacer una personal.
QUÉ HAGO? PRESENTO UN ESCRITO PIDIENDO QUE SE PARE EL REMATE Y EXPLICO LOS MOTIVOS SIN ACREDITAR LOS REQUISITOS Y SIN TITULARLO COMO MEDIDA CAUTELAR?
PUEDEN DESALOJARLA ASÍ COMO ASÍ, SIENDO ELLA 3º DE BUENA FE Y CON 2 HIJOS MENORES?'??
QUIERO AYUDAR A ESTA GENTE Y LA VERDAD ES QUE NO SE ME OCURRE CÓMO. POR FAVOR TIREN IDEAS. MUCHAS GRACIAS GRACIAS Y MIL GRACIAS.
Descarten el daños y perjuicios contra el locador porque el tipo se fue a España y la verdad es que el tema se tornaría muy tedioso además de costoso.
NATILU