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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #673866  por marce0363
 
Por favor, si alguién me puede ayudar. Me notificaron que la contraria planteó incidente de redargución de falsedad de una cédula de notificación. Como contraparte debo contestar ? Que pasa si no lo hago? *leo*
 #674116  por mariana
 
Marce: supongo que como todo lo q no se contesta y niega implica que se consiente (con la notificacon ¿no te llegaron los argumantos de la otra parte para q vos los contestes?. Pero esperá otras opiniones.
 #674184  por marce0363
 
Hola Mariana Gracias por colaborar. Te respondo : junto con la notificación están los fundamentos del pedido pero yo he leído que son parte el que hace el pedido y el en este caso el oficial publico que sería el notificador.
De todos modos que ¿ puedo contestar ? que si cada uno que tiene un juicio dice que no recibió la cédula y por lo tanto no se notificó colmaríamos los tribunales con este incidente. Bueno, sigo esperando sugerencias.
 #674214  por ELISEA_SEP
 
Fijate en los plazos por ahi es una forma de zafar para la otra parte si estan vencidos...
El codigo de procedimiento es claro con respecto a los lugares donde debes notificar...
Con respecto a la contestacion nega todo en principio; como no pones el fundamento de la redargurcion de falsedad, eso ta complicado......