Estela escribió:Olga, te dice que no puede aplicar beneficio a periodos donde no trabajo porque estas comprando a partir del 11/75 como comienzo de trabajo, y el beneficio lo aplicas antes de que empece a trabajar 11/68 al 10/75. El beneficio debe aplicarse durante los periodos que compras.
Estela
mira vamos a pasar en limpio.
no entiendo nada de todo este lio.
yo había hecho lo sig.
sit. de revista 11/75 al 05/91
beneficios 7 años dentro de este período. Entonces cuando hacía los calculos la máquina me computaba 8 años y pico.
luego iba a ampliación y compraba la dif. menos el art 19.
lo puse a consideracion del foro.......
aclaro que los pagos son desde el 11/75 al 05/91, entonces me dijeron que no pusiera los beneficios dentro de este período que lo pusiera por fuera.Aclaro que sale deuda 0.
cuando pongo los beneficios por fuera no los toma porque no tiene actividad...
entonces agrego en sit. de revista 7 años anteriores al 11/75 y pongo lo mismo en beneficios.
Luego voy a ampliacion y compro..... y aquí viene la pregunta del millón cuantos años hay que comprar
si la sit. de revista sicam 1 es:
11/68 al 10/75 act. peq. prod. agrop.
11/75 al 05/91
beneficios
11/68 al 10/75 art. 3 24476
tengo 15 años y 7 meses con aportes, entonces compro 13 años ya que por art. 19 tiene exc. 2 años y pico
o además y aunque no salga en ningun lado resto a los 13 años los 7 de benef. como me dicen en el foro y compro 4 help!!!!!