Hola, soy bastante nuevito, me comentaron que la defensa del defensor oficial no se hace efectiva en asuntos patrimoniales (ej.division de bienes) en Provincia de Buenos Aires, es decir que existe la posibilidad de que se ejerza la defensa solo si el beneficiario no tiene la posibilidad de recibir dinero en un pleito? aunque no tenga recursos, pero el eventual resultado del pleito le garantice la adquisición de una suma de dinero. Gracias