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 #698748  por abogadajunior
 
estimados se puede vender un depto por tracto abreviado, y cobrar con un credito bancario?
me entro la duda..

que significa que una compra venta sea apto para credito bancario??!!!! :oops:
ya que me estan consultabdo este tema.-


alguien sabe?? GRACIAS.-
 #698898  por flux
 
No creo que el banco lo acepte, los creditos bancarios piden que de papeles el que venda sea dueño o al menos tenga poder por parte del dueño para vender y escriturar. El problema es que los bancos quieren ellos manejar los tiempos y el lugar de firma de papeles, y desde que hay una sucesion eso es imposible para ellos, lo maneja el juzgado y no da lugar a otra opcion.
 #699267  por flux
 
Igual el banco posiblemente no la quiera. La DH no garantiza que el banco podra manejar los tramites posteriores a sus tiempos y modo. Igual tiene que ir al juzgado a procurar. El banco suele querer prestar bajo la premisa de hacer una hipoteca, eso implica inscribirla, ese tramite en un juzgado es al tiempo judicial, por ejemplo, ahora con el paro, el banco se queda en pampa y la via y con el credito en el aire (por decir un problema, hay otros peores como que si luego no se pagan honorarios por alguna parte viva no hay inscripcion y de vuelta todo parado y el tramite queda parado). Por cosas como esas no quieren saber nada de prestar cuando no pueden ellos hacer la escritura con hipoteca en sus tiempos y forma y en el juzgado.
 #699378  por abogadajunior
 
flux escribió:Igual el banco posiblemente no la quiera. La DH no garantiza que el banco podra manejar los tramites posteriores a sus tiempos y modo. Igual tiene que ir al juzgado a procurar. El banco suele querer prestar bajo la premisa de hacer una hipoteca, eso implica inscribirla, ese tramite en un juzgado es al tiempo judicial, por ejemplo, ahora con el paro, el banco se queda en pampa y la via y con el credito en el aire (por decir un problema, hay otros peores como que si luego no se pagan honorarios por alguna parte viva no hay inscripcion y de vuelta todo parado y el tramite queda parado). Por cosas como esas no quieren saber nada de prestar cuando no pueden ellos hacer la escritura con hipoteca en sus tiempos y forma y en el juzgado.
...como no van a pagar honorario si los que venden reciben el dinero y estan obligado a darle el expediente alñ escribano y que este inascriba.. en fin .. salu2.-
 #699989  por flux
 
...como no van a pagar honorario si los que venden reciben el dinero y estan obligado a darle el expediente alñ escribano y que este inascriba.. en fin .. salu2.-
No pagando, el banco no quiere meterse con problemas que pueden dejar parado el expediente o que necesiten de un abogado para analizar posibles consecuencias juridicas no previstas. Los que venden reciben el dinero que sale del credito que el banco da al comprador y a cambio el banco se hace una hipoteca a su favor y el destinatario del credito queda dueño. Pero el juzgado en algunos casos no te saca un despacho de inscripcion (o te lo saca, pero no te permite librar el oficio-testimonio) sino esta previamente todo pagado. Ahora como le explicas al banco que primero debe dar el dinero para que en fecha posterior (a gusto del juzgado, cuando los tiempos judiciales asi lo permitan) se pueda formalizar la documentacion que a ellos les da la garantia de que el prestamo a cambio de una hipoteca ha quedado formalizado. Que pasa si en ese intemedio aparece otro heredero en forma tardia y mete un monton de defensas para paralizar todo (no es algo anormal, herederos que aparecen tardiamente y con presentaciones complejas es algo que puede pasar), el juzgado ya no libra ningun testimonio y suspende toda la inscripcion. Al mismo tiempo el banco ya presto pero no tiene la hipoteca ni nada a su favor, si quiere ejecutar por un no pago primero necesita eso, pero eso puede tardar -lo que tarde el expediente- (hay sucesiones que duran mas de 5 años). No les es rentable prestar en esas condiciones.