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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #716423  por eugearribas
 
Hola! les quería hacer una consulta es la primera vez que estoy en el Foro, tengo una docente con 16 años de aporte en el IPS, y con 10 años de aporte en ANSES, el tema es que en autónomos nunca se dió de baja ( fecha de inicio 1985 fecha de baja de oficio 2007), ella cuando inicio en Provincia dejo de aportar pero no se dió de baja. Yo pensaba prescribir los años no pagos utilizando el art. 1 Ley 25321 y Ley 14236, de ésta forma la caja otorgante sería IPS ya que tengo 16 en IPS y solo 10 en ANSES, esto yo lo hice anteriormente. Cuando consulto en la UDAI me informan que ya no se pueden utilizar esos beneficios para el reconocimiento de ss., segun la circular 555. El tema es que si yo no puedo prescribir esos años Anses sería la Caja otorgante ya que me computarían 22 años de servicios en Anses. Pero asímismo si yo me presento en ANSES considerandolo como caja otorgante con el reconocimiento del IPS yo en el sicam voy a prescribir todos esos años para que no sean deuda y pagar de más ya que tengo 16 en provincia. Si alguien a tenido algún caso similar les agradecería que me tiren algún dato. Gracias
 #716938  por arielruiz86
 
Pero dejando de lado en principio el tema de quien corresponde que otorge la jubilacion, porque decis que vas a pagar de mas? si tenes 16 años de la provincia mas 10 años efectivos del anses son un total de 26 años por lo que solo te estaria faltando 4 años para completar los 30 para presentar en el anses. No tenes porque renunciar absolutamente todo lo del anses, se supone que solo vas a renunciar o prescribir lo que no necesites de tal modo que te quede en total los 30 que exige el anses. Ahora si la pretension es si o si jubilarse en la provincia lo unico que se podria hacer es continuar trabajando en la provincia hasta alcanzar o superar los 22 años que figura inscripto en el anses y al mismo tiempo regularizar todo o parte de lo que se deba del anses para luego pedir el reconocimiento de este y presentarlo en la provincia. Habria que ver o proyectar cuanto le estaria faltando de aportes del anses para cumplir con las exigencias de la provincia.
 #717169  por mariana080280
 
hola yo estoy resolviendo un caso similar para la provincia de santa fe
si renuncias a los años que no le dio de baja cuando ceso en la actividad, esos años igual se tienen en cuenta para determinar cual es la caja otorgante.
tenes que ir a afip y darle de baja a la fecha de cese con un f 460 8con firma certificada si vas vos) y pruebas de esa fecha de cese, entre ellas puede ser una constancia de que comenzo a trabajar en relacion de dependencia,constancia de baja en la muni, o impuestos provinciales, etc.-
 #717330  por eugearribas
 
Gracias por los datos, yo pensaba en ir a la AFIP a consultar como poder dar la baja retroactiva. No quisiera que se pierda la jubilaciòn por el IPS.
 #717690  por dramamita
 
No vas a tener problema, cuando presentes en Afip por multinota, la documentacion que prueba el ingreso de aportes en IPS, te otorgan la baja retroactiva y te cancelan la deuda posterior. No se cuanta demora tiene porque he presentado algunos casos asi y todavia no procesaron.
 #749292  por claukp
 
Hola, mi consulta es la siguiente. Un hombre de 65 años quiere jubilarse. Tiene 23 años de aportes en el IPS, con fecha de egreso en el año 1992. Le faltaría años de aportes, como se hace??? se completa en Anses? Estoy un poco perdida. Gracias