A ver segundo intento de solictar ayuda, ya que en jovenes abogados nadie puede responderme el tema, solicito que si no soy clara me lo digan asi no genero perdidas de tiempo y nuevamente gracias por leer.
Tengo una sentencia del juzgado de faltas municpal de neuquen que no fue debidamente notificada segun el cod. de procedimientos y seria nula porque se dejo bajo un art. que requiere presencia de testigos y no fue asi, lo cual genero q el proceso municpal siguiera hasta su fin y como el infractor supuestamente notificado de la sentencia no concurrio a pagar se paso el caso a un abogado de la provincia de neuquen y genero un juicio de apremios y ahora si lo notificaron corectamente y le cobran la deuda mas los honorarios, el pto. es que ya pasoron los plazos para oponer execpeciones ahi en ese juicio de apremio, pero la nulidad esta en el jucio municipal, el que dio origen a este cobro judicial.
pero yo quiero platear la nulidad del primer acto la sentencia del juzgado de faltas antes de que se haya generao el juico de apremio.
comom debo platearlo, dado q ahi esta la nulidad del acto porq mi cliente no fue debidamente notificado de sentencia alguna que ghenero el jucio de apremio,podria yo igual presentarme en el jucio de apremio y platear la nulidad de la sentencia q dio origen a ese apremio aunque hayan corrido los plazos legales para opner execpeciones?
x que la notificacion nula de la sentencia como es nula no debiera haber generado ese juicio de apremio.
se entiende todo lo explicado aca? o soy muy confusa?
ayudaaa!!
Tengo una sentencia del juzgado de faltas municpal de neuquen que no fue debidamente notificada segun el cod. de procedimientos y seria nula porque se dejo bajo un art. que requiere presencia de testigos y no fue asi, lo cual genero q el proceso municpal siguiera hasta su fin y como el infractor supuestamente notificado de la sentencia no concurrio a pagar se paso el caso a un abogado de la provincia de neuquen y genero un juicio de apremios y ahora si lo notificaron corectamente y le cobran la deuda mas los honorarios, el pto. es que ya pasoron los plazos para oponer execpeciones ahi en ese juicio de apremio, pero la nulidad esta en el jucio municipal, el que dio origen a este cobro judicial.
pero yo quiero platear la nulidad del primer acto la sentencia del juzgado de faltas antes de que se haya generao el juico de apremio.
comom debo platearlo, dado q ahi esta la nulidad del acto porq mi cliente no fue debidamente notificado de sentencia alguna que ghenero el jucio de apremio,podria yo igual presentarme en el jucio de apremio y platear la nulidad de la sentencia q dio origen a ese apremio aunque hayan corrido los plazos legales para opner execpeciones?
x que la notificacion nula de la sentencia como es nula no debiera haber generado ese juicio de apremio.
se entiende todo lo explicado aca? o soy muy confusa?
ayudaaa!!
Mikagus