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  • Veneficio de litigar sin gastos en derecho del consumidor

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #731535  por Nere
 
Hola les cuento que debo iniciar una demanda contra visa y banco provincia a raiz de compras fraudulentas con la tarjeta de credito de mi clienta. Ya solicite una mediacion oficial (por lo que ya tengo sorteado juzgado) que no obtuvo respuesta favorable por lo que vamos a juicio. Mi pregunta es respecto a la tramitacion del beneficio de litigar sin gastos que ampara la ley de defensa del consumidor, que debo hacer: Incluirlo como un item dentro de la demanda principal ? o como creo que se procede en derecho de familia iniciar una demanda aparte con testigos y demas pruebas y una vez que se de respuesta favorable iniciar la demanda principal?

Quedo a espera de algun tipo de ayuda
 #736711  por mike_78
 
Hola: te comento la situación actual. La gratuidad de la que habla la ley de defensa del consumidor no se entiende que sea de este modo cuando se lleva el asunto a la justicia, ya que de acuerdo a algunas provincias (Córdoba por ejemplo, hay un fallo dando vueltas por ahi) la facultad de cobrar impuestos (en este caso tasa de justicia) es facultad delegada a las provincias. Por lo tanto en dicho fallo se establece que para sea el proceso judicial gratuito, dede existir una norma provincial que ratifique dicho principio de grautuidad de la ley nacional. Por ejemplo en Bs As la ley 13.133 lo dice claramente en su art. 25, pero hay que estar atento a cada provincia.
Saludos!
 #740215  por Nere
 
Muchas gracias por la info, te comento que ya arme la demanda invocando el beneficio y basandome en la ley que me comentaste y despues de la feria la presento a ver como nos va. Saludos
 #741678  por DraLili
 
Hola : Si me permiten colegas, discrepo humildemente con sus opiniones. No sé porqué en Córdoba las acciones de consumo no son gratuitas si partimos de la base que la LDC ES DE ORDEN PUBLICO, con lo cual, se debe aplicar la gratuidad que expresamente ésta establece expresamente.-
En todas las provincias es gratuita y ante la negativa del juez de 1º instancia , procede el planteo de recurso de revocatoria con apelación en subsidio, en 2da. instancia ganan.-
Lo digo por experiencia propia.- Cualquier cosa, les dejo mi MP.-
 #751493  por mike_78
 
Dra Lili: hace mucho no ingresaba al foro y recién veo su post. Me resulta muy interesante lo que Ud dice, ya que a mi entender es como debe ser tomada una ley Nacional. De hecho volviendo a buscar encontré algo de lo que ud dice, que lo comparto y gracias por la información, ya que a nivel nacional veo me había quedado en el tiempo.
saludos
http://www.comercioyjusticia.com.ar/201 ... un-juicio/