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  • Calculo Moratoria- Jubilacion sin aportes.-

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #735047  por rocm
 
Hola, soy nueva en el foro, me adheri como una de las últimas alternativas, no queria preguntar, queria arreglarmelas sola, pero me fue imposible. El tema es el siguiente, mi abuela me pidio si la ayudaba a jubilarse, ella no tiene aportes. Pero no obstante esto, tiene una pensión por viudez minina. Por lo que pude entender (y corrijanme si me equivoco) cuando una persona cuenta con viudez tiene que pagar la moratoria de contado... (aunque también leí que ese art. resulta ser inconstitucional). Lo que quiero es saber aproximadamente el monto total de la morataria, y al SICAM de afip solo puedo acceder salocitando la clave fiscal, que la verdad es un trámite que no le quiero hacer hacer a mi abuela para no ilucionarla. Baje varios simuladores de internet, pero cuando completo las fechas los macros muestran como "error", nose que estare haciendo mal!! Mi abuela nacio el 10/10/1935, es decir que cumpli 18 años en el año 1953... y acá me pierdo... es estado me "regala" los años comprendidos hasta el 1/09/1993???????? y tiene que sumar 30?? a mi me da 40... no se si se entiende mi razonamiento. Alguién me podrá dar una mano diciendome como se hace el calculo???? o aprox. a cuanto haciende la moratoria?? muchas gracias!!!
 #735051  por ISIS
 
El monto de contado estaria entre los 8600 y los 9000 pesos.
Consulta un profesional que se dedique a previsional y te podra decir exactamente cuanto tendria que abonar.
Saludos.
 #735084  por rocm
 
Muchas Gracias por tu respuesta, muy amable. Me sabrías decir como llegas a ese calculo y si estaba bien mi razonamiento?? Gracias nuevamente!
 #735103  por diegomdp
 
isis llega por experiencia y conocimiento a mi me esta dando un chiquitin menos pero si queres hacer el calculo justo y suponiendo que no tenga aportes multiplica 42.90 por la cantidad de meses que necesites igual al ser mas de 15 años no te va dar exacto pero le vas a errar por muy pocos pesos
 #735118  por rocm
 
edad excedente sería 16 años!! Tiene 76... eso lo multiplicas por 42,9? ¿Y que tienen que ver los años entre que cumplió 18 y sep de 1993? o estoy mezclando todo?
 #735407  por hugo2
 
rocm escribió:edad excedente sería 16 años!! Tiene 76... eso lo multiplicas por 42,9? ¿Y que tienen que ver los años entre que cumplió 18 y sep de 1993? o estoy mezclando todo?
Los compañeros tienen toda la buena voluntad de ayudar, pero creo que vos te tenes que ayudar, hacer una jubilacion no es tan sencillo.
 #735462  por rocm
 
Veo que no lo es. La verdad que leí muchas veces las leyes, pero bueno no lo había comprendido. Una forista me mando un mensaje privado, y me explico un poco más los calculos, yo habia mezclado bastante, en internet hay mucha info bastante confusa (creo) disculpen mi ignorancia y gracias por la ayuda!!
 #736204  por arielruiz86
 
Mi "reglita" es: tiene 75 años, se exede en 15 años/2 = 7,5 años por compensacion (art 19) mas 7 años que se puede tomar por DJ en el caso que no tenga ningun aporte haria un total de 14,5 años de "gracia" digamos, por lo que deberá comprar con la actual moratoria 15,5 años (15 años y fracion de meses), a esto lo multiplico por 10 y luego por 55 cuotas (porq al pagar de contado el sicam hace un descuento extra lo que nos arroja una deuda estimada de $8.500, monedas mas monedas menos.
 #736372  por rocm
 
muchas gracias!!! yo había sacado finalmente tiene 76, excede en 16, tengo 8 años de gracia, mas 7 por art. 3 son 15 años. (15 x 12 meses, por 42,9 (promedio entre los años mas caros y mas baratos) $7722. Bueno veremos como hacemos para abonarlo de contado. Sabes algo sobre la incostitucionalidad que declaro la cámara de seguridad (lo leí en Internet) sobre esto del pago de la moratoria al contado en caso de tener otro beneficio (en este caso pensión por viudez), vale la pena un AMPARO?
 #736579  por ana20077
 
Si yo no entendí mal, puede usar la moratoria, el tema es que no otorgar beneficios hasta su cancelación total, lo que resulta una burla, porque es obvio que la mayoría de las personas pensionadas son de edad avanzada y no se van a disponer a pagar 50 o 60 cuotas (4 o 5 años) hasta la finalización de la moratoria para recién ahí poder obtener el beneficio, es como decirles a los pobre pensionados: "Cuando cumplas los cien años te otorgamos la jubilación" es realmente un burla, por eso entendemos que te mandan a pagar de contado, pero si la deuda es pequeña y podes suscribir el plan con pocas cuotas podes usar la moratoria, creo
 #738322  por SCIFIQAZ2
 
muy bueno el tema pero mientras mas leo sobre sicam , anos , aportes, gracias, sicam 1 y 2, leyes, decretos, articulos . moratorias, año 1955, multiplico, divido y realmente menos entiendo :evil: :twisted: , esto esta pensado para que lo hagan solamente abogados, es parte de nuestra doble historia