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  • Rebeldía-Decaído el Derecho-Cuestión de Puro Derecho.-

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #739636  por WANFORWAN123
 
Hola foristas.-
Resumiendo: en un divorcio de causal objetiva, presento la demanda, doy traslado, el Sr. no contesta, pido se lo declare rebelde y se decaiga el derecho dejado de usar, consecuentemente se lo tenga notificado posteriormente, en las demás resoluciones por miniterio legis, notifico por cédula dicho proveído (la rebeldía), presento escrito pidiendo se declare la cuestión de puro derecho, me hacen lugar. Acá viene el problema... La providencia, siguiendo al escrito que presenté (cuestión de puro derecho) me dice que notifique por el art. 135 Inc. 3 del Cód. Proc. Chaco, que viene a ser el Art. 135 Inc. 4 del C. Procesal de la Nación. Lo que no entiendo es, si una vez declarado rebelde y teniendo en cuenta que las sucesivas resoluciones se tendrán notificada por Ministerio de la Ley ¿Porqué me hacen notificarle por cédula?
¿Qué hado?
1.- Hago caso y notifico por cédula la cuestión de puro derecho?
2.- Presento un escrito solicitando se lo tenga por notificado por ministerio de la ley, pidiendo además se corran las vistas pertinentes?

¿Qué opinan?
Sea la opción 1 o 2 da igual, aunque la 1 es todo un trámite ya que tengo que notificarlo en Córdoba, pero es para ver que opinan uds.-

SALUDOS.-
 #739800  por WANFORWAN123
 
Si Pato, de hecho ya le notifiqué por cédula la REBELDÍA. Ahora pedí se declare la cuestión de puro derecho, y me piden que notifique también por cédula. Sin embargo, dice el CPCCN que las demás resoluciones se notificarán por ministerio legis, o sea que la CUESTION DE PURO DERECHO debiera notificarse por ministerio de la ley o no por cédula ¿Se entiende?.-

¿Qué opinan?
 #813103  por AnaliaUba
 
El CPCCN en el art 135 inc 4 Ordena que se notifique personalmente o por Cédula la cuestión de Puro Derecho, y no da como excepción que se haya declarado rebelde en ninguna parte del articulado. Me parece que viene por ahí...