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  • PAGARE: Prueba pericial, problema

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 #745007  por peritacionesjuarez
 
Buenas, te doy una opinión desde lo pericial.

Cuando a los peritos nos preguntan por la posibilidad de determinar la edad de un escrito, o determinar abuso de firma en blanco, lo que en realidad buscamos es un orden de prelación de entrecruzamientos, evitando todo tipo de análisis químico, puesto que hasta el momento, por la gran cantidad de variables que existen respecto de este tema, es casi imposible determinar edad de las tintas, a excepción de las tintas que usaba el Virrey Cisneros en aquellos momentos jejeje. (Tintas del tipo evolutivas por su composición y naturaleza, cambiaban de color en el tiempo).

Ese orden de prelación del que te hablo, se determina observando si el trazado de un determinado manuscrito, (firma, numero, letra, impreso, etc.), se introdujo antes o despues de otro trazado manuscrito o impreso con el cual se entrecruza. Asi entonces, si una persona manifiesta haber firmado en blanco un documento, y luego llenaron el mismo, hay que apreciar si los rasgos de esa firma en custión, se entrecurza con el supuesto llenado posterior del documento. Luego se analizan estos entrecruzamientos por un perito, y determina qué se introdujo primero.

Si en el pegaré en cuestión, la firma se entrecruza con otro trazado o impreso del pagaré, tenes chances de determinar si realmente llenaron antes o despues de la firma ese pagaré. Sino, es muy dificultoso, y los análisis químicos son caros y destructivos en su gran mayoría.

Por lo que estuve leyendo, desde lo formal del derecho no tendrías problemas en ejecutar este documento.

Espero te haya sido útil.
 #745018  por peritacionesjuarez
 
Por cierto, y como recomienda el Calígrafo Público Zundueta, se puede determinar también si el llenado y el monto fueron realizado por el mismo elemento escritor, que son los casos en que se duda acerca del monto de la promesa de pago

En el laboratorio químico de la Policía Científica, (Prov. Santa Fe), donde trabajo, suelen llegar pedidos de peritaciones de este tipo por causas penales, donde se determina mediante cromatografía de tintas, si un documento fue llenado con uno o varios tipos de tintas.-
 #788728  por jeanvaljean02
 
Si una persona firma una hoja en blanco, y luego se imprime arriba de la firma con impresora de chorro de tinta un documento, ¿qué es lo que dice Ud (perito) que se puede probar?, la firma es manuscrita pero la obligación es impresa, no veo manera de entrecruzar nada, a menos que se prueben las antiguedades de tinta, pero eso ya dijeron que es muy dificil. Espero su respuesta, porque no entiendo que es lo que quiso decir, gracias
JV
 #788743  por documentologia
 
Buenos dias, se puede estudiar y hay una alta posibilidad de que se determine que fue abuso de firma en blanco, asegurarlo es impososible sin ver documentacion (es como que usted como abogado asegure a su cliente que va a ganar un caso)
Tenga en cuenta que son estudios muy complejos, que requieren de intrumental especifico, si tiene un caso asi le recomiendo que contrate consultor tecnico para que lo asesora desde el pedido de puntos periciales (estos son importantes ya que el perito de oficio solo se expide por los puntos periciales ofrecidos por las partes)

Saludos
 #952520  por tom27
 
Princeps1 escribió:HOLA COLEGAS, TENGO UN CASO SIMILAR PERO COMO DEMANDADA, MI CLIENTA PIDIO A UN PRESTAMISTA DINERO (1.000$), Y LE FIRMO UN PAGARE EN BLANCO. A TODO ELLO ACORDO ABONARLE 5 CUOTAS DE $200, LE ABONO 3 Y PR CUESTIONES PERSONALES NO PUDO SEGUIR BUENO ESO NO VIENE AL TEMA, POR QUE NUNCA RECIBIO NI PIDIO RECIBO DE PAGO, O SEA NO TIENE NADA QUE AVALE LAS CUOTAS.
AHORA ESTE HOMBRE LE INICIA JUICIO EJECUTIVO DEL PAGARE FIRMADO EN BLANCO, EN SU MOMENTO LO UNICO REAL ERA SU FIRMA, LA DEUDA QUE RECLAMA ES DE $10.000, PAGO INMEDIATO.
MI PREGUNTA ES CABE EN ESTE CASO OPONER FALSEDAD DE TITULO? ACLARO QUE TODO ES CON LAPICERA BIROME AZUL, POR LAS DUDAS SE LOS DIGO SI SIRVE DE ALGO.
DE NO PODER OPONER, Y RECLAMAR LUEGO EN JUICIO ORDINARIO, DEBO DEJAR ASENTADO EN EL EXPEDIENTE CON UN ESCRITO ESTA SITUACION PARA INICIARLO LUEGO?
POR AHORA PARA GANAR UN POCO DE TIEMPO SOLICITARE SUSPENSION DE PLAZOS POR QUE NO SE CORRIO TRASLADO DE COPIA DE PAGARE, LA PRUEBA DOCUMENTAL, SOLO LA DEMANDA.
AHORA BIEN, EL ACTOR SOLICITA INTIMACION Y EMBARGO EN EL PETITORIO, PERO NO ESPECIFICA SOBRE QUE, LO PUEDE ESPECIFICAR MAS ADELANTE?
SE QUE TIENEN MUCHA MAS EXPERIENCIA QUE YO POR ESO RECURRO A USTEDES, PARA TRATAR DE HACER BIEN LAS COSAS, OJALA PUEDAN ORIENTARME COMO SEGUIR EN BREVE. GRACIAS.-
Ya paso un tiempo del inicio de este hilo, sin embargo creo que no tiene desperdicio.
En un caso mío, me ocurrió lo siguiente. Un cliente me trajo un pagaré incompleto totalmente, solo contaba con la firma y la aclaración de puño y letra del deudor. Sin monto, plazo, lugar de creación, etc.
La primera impresión q tuve fue: adelante, vamos a ejecutar. Cuando consulté el monto a ejecuta me dice q la deuda es de $20.000.
Frente a ese monto, es indudable q el demandado, por más tonto que sea (aunq firme un pagaré en blanco), pondría un boga y se trabaría todo. Quizás el ejecutivo nos fuera favorable, realmente el pagaré es un pagaré y teniendo los req esenciales insertos, nada obsta su ejecución. El tema es el ordinario posterior, o eventualmente la chicana de la denuncia penal por abusa de firma en blanco (estafa).
Mi cliente me pide q ejecute el pagaré a nombre de un tercero, y me extienden poder gral a mi favor.
Cuando indago sobre la deuda, me dice q originalmente le dió al demandado $ 4.000. Luego, meses dps $ 9.000. Todo esto en mano, sin contrato de mutuo ni nada. Sin recibos, etc. Finalmente, me dice que con $ 20.000 se sentiría resarcido.
Me gusta el litigio, y no me es fácil rechazar un caso. Pero le aconsejé q complete el pagaré de su puño y letra (no yo) y que lo ejecutamos por ese monto siempre q sea a nombre suyo (no a nombre de un tercero).
Independientemente que al ejecutivo lo tenía en el bolsillo, ganado en pocas palabras, el tema son las chicanas o el ordinario posterior. Creo q en esa suma ($20.000) mi cliente se excedia respecto de los pactos previos, de la causa de la deuda. Y aunque esta causa no puede serle opuesta al tercero siempre que sea de buena fé (o al menos sin culpa grave), tb es cierto q $20.000 movilizan a cualquiera, y con la pua q merodea las calles, creo q cualq deudor apelaría a todo para pelear o al menos dilatar lo más posible el pago.
En fin, es un caso que me toco y rechacé. Deje abierta las puertas para la ejecución bajo mis condiciones. Luego de mucho meditar y de las dudas que la ejecución a nombre de un tercero me generaba, mi criterio me dijo q era lo mejor.