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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #748294  por lkgomez
 
Buenas noches foristas!
Me consulta una Sra. que es docente. Ella se va a jubilar en 4 años, pero le van a estar faltando 5 años de aportes.
Le dijeron en su provincia( Tierra del Fuego) que esos cinco años pueden ser como autónomo, que lo importante es que sean años con aportes.
Yo pensé en que podía comprar esos 5 años por moratoria como "otros libre deuda" ley 24476. es esto correcto?
Ella me dice que quiere cancelar la deuda en una sóla cuota. En caso de que lo haga así, estos pagos que ella realice se van a ver reflejados en algún lado (en la pestaña de pagos, en la sábana de aportes de Anses, etc.)???
 #748476  por arielruiz86
 
No se puede comprar periodos posteriores al 09/93 si no tiene PUC (inscripción en la afip), es lo que dice la res 555, lo que te abran querido decir es que se inscriba como autonomos y empieze a pagar a partir de ahora.
 #748512  por lkgomez
 
arielruiz86 escribió:No se puede comprar periodos posteriores al 09/93 si no tiene PUC (inscripción en la afip), es lo que dice la res 555, lo que te abran querido decir es que se inscriba como autonomos y empieze a pagar a partir de ahora.
Gracias por tu respuesta...yo pensaba comprarle esos cinco años del 87 al 91, período en el que la Sra. no tiene aportes. Está bien?
 #748975  por Real
 
si se los podés comprar por SICAM esos 5 años, anteriores a septiembre de 1993, lo hacés al contado y listo.
 #748977  por Real
 
Tu cliente tiene que solicitar la clave fiscal en AFIP, le compras esos años al contado por la ley 24476 es el SICAM, envías el plan, pagas la cuota con el formulario 799 y luego sacás turno en anses para un reconocimiento de servicios. Luego ese pago y esos años van a aparecer en el sijip, historial laboral de ANSES, y en el expediente previsional de ANSES, y cuando llegue la hora de jubilarse acompañas todo ésto y pedí a la caja en que la vas a jubilar que te reconozca esos años aportados en la nación.
 #748993  por MARIO1943
 
Real escribió:si se los podés comprar por SICAM esos 5 años, anteriores a septiembre de 1993, lo hacés al contado y listo.
NO SE PUEDE, ESO NO DICE, LA 555 PROBATORIA DE AUTONOMOS

LA MISMA ESTABLECE LO SIGUIENTE:
5)RECONOCIMIENTOS D E SERVICIOS
a)Para hacer valer un reconocimiento de servicios en otros regimenes provinciales o municipales, que exijan requisitos de edad o servicios inferiores
al regiem nacional(resolucion 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad
 #749006  por lkgomez
 
NO SE PUEDE, ESO NO DICE, LA 555 PROBATORIA DE AUTONOMOS

LA MISMA ESTABLECE LO SIGUIENTE:
5)RECONOCIMIENTOS D E SERVICIOS
a)Para hacer valer un reconocimiento de servicios en otros regimenes provinciales o municipales, que exijan requisitos de edad o servicios inferiores
al regiem nacional(resolucion 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad[/quote]
Entonces no me conviene que compre esos cinco años??? No quiero que tenga que pagar y despuès no se los acepten!!! Si se los compro por moratoria, indirectamente estoy queriendo significar que los aportes son comprados y no reales...o no????
 #749007  por lkgomez
 
MARIO1943 escribió:
Real escribió:si se los podés comprar por SICAM esos 5 años, anteriores a septiembre de 1993, lo hacés al contado y listo.
NO SE PUEDE, ESO NO DICE, LA 555 PROBATORIA DE AUTONOMOS

LA MISMA ESTABLECE LO SIGUIENTE:
5)RECONOCIMIENTOS D E SERVICIOS
a)Para hacer valer un reconocimiento de servicios en otros regimenes provinciales o municipales, que exijan requisitos de edad o servicios inferiores
al regiem nacional(resolucion 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad
Entonces no me conviene que compre esos cinco años??? No quiero que tenga que pagar y despuès no se los acepten!!! Si se los compro por moratoria, indirectamente estoy queriendo significar que los aportes son comprados y no reales...o no????
 #749019  por arielruiz86
 
MARIO1943 escribió:
Real escribió:si se los podés comprar por SICAM esos 5 años, anteriores a septiembre de 1993, lo hacés al contado y listo.
NO SE PUEDE, ESO NO DICE, LA 555 PROBATORIA DE AUTONOMOS

LA MISMA ESTABLECE LO SIGUIENTE:
5)RECONOCIMIENTOS D E SERVICIOS
a)Para hacer valer un reconocimiento de servicios en otros regimenes provinciales o municipales, que exijan requisitos de edad o servicios inferiores
al regiem nacional(resolucion 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad
Una primera y ligera conclusión seria decir que esto solo es exijible para periodos que estan fuera de la cobertura de la actual moratoria ley 24476 porque como se sabe (criterio de la Carss) esta ley es aplicable para los insciptos y para los no inscriptos, pero ahora yo me pregunto; y quien va a pedir un reconocimiento de ss de autonomos para periodos posteriores al 09/93 sin que haya estado inscripto a la afip (sin PUC)? unicamente arrimando todo tipo de pruebas? y si estuvo inscripto con toda la ley en la afip porque razón tengo que darle pruebas al anses para que me convalide este periodo? a quien apunta entonces la norma? sera en general para todos los casos antes y despues del 09/93 como dice mario? osea, no me habilitaria a comprar con la actual moratoria ley 24476 para cuando ya nos salimos de la esfera del anses?
 #749118  por Real
 
Hola a todos yo compré seis años para jubilar a una persona en la provincia con el 82% y por la moratoria, ayer retiré el expediente para presentarlo a la otra caja. El reconocimiento lo hice hace tres meses.
 #749122  por Real
 
por lo que interpreto en la circular, no se puede cuando las otras cajas exigen requisitos "inferiores", por ende, en la caja de la provincia te piden 35 años para jubilarte con el 82 % móvil, es decir, que la caja de la provincia exige requisitos mayores a la nación? esta sería mi interpretación. (acepto criticas).
y Otra cosa, cuando comprás por Sicam lo hacemos como costurera o changarin, que son actividades no regladas, y muchas pruebas no tenemos, lo único es la inscripción a su debido tiempo, al momento de ejercer la actividad, pero entonces no tendría que comprar por sicam ni el reconocimiento de servicios en otras cajas. todo es discutible, me parece.

Otra solución que aporto para el que quiere comprar años docentes o en la provincia, es que la misma caja te permite comprar años, pero sale más caro, el doble que en la nación y si la persona está en actividad se lo descuentan del recibo, por cómputo diferenciado, si no me equivoco.
 #749418  por MARIO1943
 
Real escribió:por lo que interpreto en la circular, no se puede cuando las otras cajas exigen requisitos "inferiores", por ende, en la caja de la provincia te piden 35 años para jubilarte con el 82 % móvil, es decir, que la caja de la provincia exige requisitos mayores a la nación? esta sería mi interpretación. (acepto criticas).
y Otra cosa, cuando comprás por Sicam lo hacemos como costurera o changarin, que son actividades no regladas, y muchas pruebas no tenemos, lo único es la inscripción a su debido tiempo, al momento de ejercer la actividad, pero entonces no tendría que comprar por sicam ni el reconocimiento de servicios en otras cajas. todo es discutible, me parece.

Otra solución que aporto para el que quiere comprar años docentes o en la provincia, es que la misma caja te permite comprar años, pero sale más caro, el doble que en la nación y si la persona está en actividad se lo descuentan del recibo, por cómputo diferenciado, si no me equivoco.

EL REGIMEN D E DOCENTES DE PCIA , QUE EL QUE S E ESTA TRATANDO, EN RELACION A LA EDAD, REQUIERE MENOS ANOS QUE ANSES,

ANSES 57/25 FRENTE A GRADO Y 57/30
PCIA 50/25 " " " Y 55/30
COMO S E VE BIEN CLARO SE ESTA PRESENTANDO A UN REGIMEN DE MENOR EXIGENCIA, POR LO TANTO NO VA LA COMPRA, EN EL CASO D E LOS DOCENTES
 #749453  por periquita
 
MARIO1943 escribió: NO SE PUEDE, ESO NO DICE, LA 555 PROBATORIA DE AUTONOMOS

LA MISMA ESTABLECE LO SIGUIENTE:
5)RECONOCIMIENTOS D E SERVICIOS
a)Para hacer valer un reconocimiento de servicios en otros regimenes provinciales o municipales, que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al regiem nacional(resolucion 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad
Mario ¿por qué NO SE PUEDE? si vos mismos escribís lo que señalo en rojo.
El tema es presentar las pruebas.
Si es docente pudo haber dado clases particulares, tiene el título habilitante y otros que pueda presentar
 #749471  por lkgomez
 
En el caso que planteé, la Sra. es de Tierra del Fuego y allí le piden que esos 5 años que faltan sean con aportes (que pueden ser autónomos). Lo que yo me pregunto es: si compro dentro del período que va la moratoria, y que en mi caso sería del 87 al 91...qué pruebas me van a pedir si estoy dentro de la 24476? Creo que sería distinto si quisiera comprar años posteriores al 09/1993...no sé qué opinan Uds. Podré o no???
Gracias por las respuestas!!!