Una de mis principales inquietudes con respecto a este proceso son las siguientes:
1-Si bien inicio demanda ejecutiva para el cobro de un monto de dinero xxx, fundandose mi acción sobre los titulos autorizados .
Mis preguntas
inicio demanda ejecutiva , el posterior estadio del proceso es la citación a pago y embargo (como primer decreto del juez) , ahí es cuando el ejecutado puede pagar ? o puede oponer excepciones verdad? .En el caso de que no pague y no oponga excepciones se dicta sentencia de trance y remate y luego a partir de alli el oficial de justicia se dirige al domicilio a trabar embargo sobre los bienes del ejecutado o esta tarea es a priori de la sentencia de trance y remate .
Desde ya Muchas gracias !!
1-Si bien inicio demanda ejecutiva para el cobro de un monto de dinero xxx, fundandose mi acción sobre los titulos autorizados .
Mis preguntas
inicio demanda ejecutiva , el posterior estadio del proceso es la citación a pago y embargo (como primer decreto del juez) , ahí es cuando el ejecutado puede pagar ? o puede oponer excepciones verdad? .En el caso de que no pague y no oponga excepciones se dicta sentencia de trance y remate y luego a partir de alli el oficial de justicia se dirige al domicilio a trabar embargo sobre los bienes del ejecutado o esta tarea es a priori de la sentencia de trance y remate .
Desde ya Muchas gracias !!