Hola Claudia,te cuento que hoy llamè al 130 para preguntar lo mismo que vos porque tengo una clienta que esta radicada en Israel pero todos sus aportes estan en Argentina.Me dijeron que como es un paìs con el cual Argentina no tiene convenio necesito que la Carta poder (form 6.44) certificado por escribano con traducciòn ,lo mismo que la SPP. En caso de tratarse de un paìs con el cual Argentina tiene Convenio (España,Italia,Brasil,Uruguay,etc) serìa suficiente que la certificaciòn la hiciera en el consulado. Como pienso iniciarla en Avellaneda,por las dudas voy a chequearlo en esa Udai,despuès te cuento.Saludos