Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Denegacion Jubilacion con SDM. Urgente..

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #776550  por Gabysilvi
 
Hola Forista!!!..
Quisiera hacer una consulta, por primera vez me pasa que ANSES me deniega una jubilación con moratoria y servicio domestico, aun no pude tomar vista porque lo resolvio una UDAI diferente a donde se presento los papeles. Estuve leyendo aca en el foro sobre el tema que hablan de amparos y fallos favorables. pero mi duda es...
En el caso en particular en lo q respecta a SDM la UDAI solicito todo los formularios 10 y 575 completos firma de empleado mas dador de trabajo, y tuvo la inspeccion correspondiente el dador de trabajo.

CONSULTA: se presenta revisión antes el ANSES, o hay que presentar medida cautelar ante la justicia para que otorguen el beneficio?.

Espero Respuestas,

Gracias.
 #777605  por Gabysilvi
 
Hola Hoy fui al Anses me notifique espontaneamente de la resolucion denegatoria.
La Resolución dice lo siguiente: Considerando: Que para acceder al beneficio de PBU, PC, PAP se deberán acreditar 30 años de servicios y 60 años de edad las mujeres.
Q a fs 565/566 el Area Asesoría Legal establece " En primer término resulta vigente a los fines de proceder a dictaminar la circular 30/2010, que establece las pautas y normativas correspondientes al Servicio Domestico.
Para la regularización de deudas en forma extemporánea se deberá en todos los casos cumplir con los siguientes requisitos: 1) libreta de trabajo, 2) Recibos de sueldos extendidos por el dador de trabajo, Formulario 102 afip, 3) Constancia de sindicato, 4) certificado de obra social, 5) tickets de aportes con el cumplimiento de todos los rubros mencionados en la totalidad por los períodos impagos y reconocidos extemporáneamente, 6) formulario anexo I declaracion jurada regimen especial para empleados Servicio Domestico, 7) verificacion ambiental (circular 30/2010 GP)
Que vienen las presentes a dictaminar respecto labores dentro del rubro servicio doméstico, durante el período 1/11/05 al 31/03/2011.
Que si bien se agrega prueba documental (tickets de pago,etc), la misma deberá ser analizada en concordancia con el informe de verificación ambiental, con el objeto de probar no solo que se haya producido el ingreso de los aportes al sistema previsional, sino que resulta necesario e indispensable probar en debida forma la relación de trabajo, cbrando virtualidad a tal efecto en informa de verificación, el que a continuación se procede analizar.
Que del informe de verificaciones agregado en autos, no se logra acreditar la relación de trabajo que se invoca.
La declaración de la dadora de trabajo por si solo no basta para tener por acreditado el extremo legal indicado.
Atento que dichos pagos fueron realizados en forma extemporánea y no obrando en autos los extremos probatorios y las exigencias normadas en la circular GP N°30/2010 que establece el Regimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico ley 25.239, estimo que no se cumplen los requisitos allí establecidos debiéndose denegarse el presente.
Que la presente resolución se dita en uso de las facultades conferidas por los Art3 del dec N°2741/91 y 36 de la ley 24241 y resolución DEA N°366/09.
Por ello, Art.1 Denegar el pedido de PBU, PC, PAP, bajo los términos de la ley 24241, por los motivos expuestos en el considerando de la presente.

Fs565/566: Dictamen Legal: Que si bien se agrega prueba documental (tickets de pago,etc), la misma deberá ser analizada en concordancia con el Informa de Verificación Ambiental, con el objeto de probar no solo que se haya producido el ingreso de los aportes al sistema previsional, sino que resulta necesario e indispensable probar en debida forma la relación de trabajo, cobrando virtualidad a tal efecto en informe de verifiación, el que a continuaci{on se procede analizar.
Que del informe de verificaciones agregado en autos, no se logra acreditar la relación de trabajo que se invoca.
La declaración de la dadora de trabajopor si solo no basta para tener por acreditado el extremo legal indicado.
Atento que dichos pagos fueron realizados en forma extemporánea y no obrando en autos los extremos probatorios y las exigencias normadas en la ciruclar GP30/2010 que establece el Regimen Especial de Seg. Social para empleados de Servicio Domestico ley 25239, estimo que no se cumplen los requisitos allí establecidos debiéndose denegarse el presente.

Acta de Verificacion Ambiental dice que se reconoce la relación labora, y que el periodo trabajado es coincidente.
El tema es que se denunció el nuevo domicilio del dador de trabajo, y no hizo cambio de domicilio en el documento, y el verificador fue a los dos domicilios, y manifesto que no pudo tomar declaración a los vecinos, porque uno de los domicilios era en zona comercial, y el otro un edificio donde viven inquilinos de forma no permanente.

Ustedes consideran que presente recurso de Reconsideración o Amparo Judicial?
 #777931  por dindin
 
Yo lo que haría sería presentar el recurso citando la resolución 56/11 en donde claramente se establece que la regularización extemporánea de los aportes no obsta a que se otorgue el beneficio. Además pondría que al reconocer el empleador la relación la misma se encontraría acreditada sin necesidad de solicitar informes a los vecinos! La resolución 56/11 establece que en caso de que el empleador DESCONOZCA la relación se debe dar vista al empleado, a contrario sensu (me parece), su declaración de que la persona trabajaba en su casa, más el pago de los aportes, es prueba suficiente para tener acreditada la relación. De igual forma, podrías ofrecer testigos.
Fijate en mi post anterior que estoy haciendo un modelo de recurso, por ahí te sirve, y si tenés opiniones, serán bienvenidas!
 #778340  por arandu2
 
la ley 25.239, ni la circular 30/10 piden puebas documentales. No es una exigencia. En todo momento tenes que sostener que son independientes, hibridos, etc, a fin de demostrar la relacion laboral solo con la declaracion de la dadora. Pedi la aplicacion de la circular 56/11. Pero de ninguna manera deben pedir documentales. Salvo que tu servicios sean por mas de 16 hs. semanales.

Saludos
 #779519  por Gabysilvi
 
Hola Foristas!!.. Aca mando el Recurso que arme, de todo lo que pude ir leyendo, la única duda que tengo es ofrecer o no testigos.Cualquier sugerencia les pido que me la sepan informar. Ya que el día Lunes 31/10 lo estaré presentando.
Mil Gracias a todos!!..


INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACION-

Zárate, 31 de Octubre de 2011.-

Ref - Expte.: xxxxxxxx
Titular: xxxxxxxxxxxxxx
DNI: xxxxxxxxxxxxx
CUIL: xxxxxxxxxxxxxxx

Sr. Jefe de ANSES
Delegación Zárate
Su despacho:

De mi mayor consideración,

Dra. GABRIELA SILVINA ROBLES, abogada Tº xxxxx Fº xxxxx CPACF, Registro ANSES Nº xxxxxx constituyendo domicilio legal en calle xxxxxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, apoderada de la titular Sra. xxxx, DNI: xxxx, domiciliada en la Calle xxxxxx, de la Ciudad de Zárate, conforme el poder que se adjunta al presente, me dirijo a usted y respetuosamente digo:


I. PERSONERIA.

Que acredito la representación que invoco mediante Carta Poder que acompaño, la cual se encuentra vigente.

II. OBJETO

Que, siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, vengo en tiempo y forma a interponer recurso de reconsideración contra la resolución N° RBO-D xxx/11, Registrada en el Libro de Protocolo de la Resoluciones de la UDAI Junín Tomo: xx Folio: xxx de fecha 11 de Octubre de 2011, a través de la cual se deniega a mi poderdante el beneficio de jubilación ordinaria solicitado.
Mi mandante se notifico en forma espontánea de dicha Resolución ante la UDAI Zárate en fecha 24 de Octubre de 2011.

III. HECHOS

Que mi mandante la Sra. xxxxxx solicitó el beneficio de Jubilación Ordinaria, conforme a lo normado en la ley 24.241, de jubilaciones, 24.476, de moratoria, 25.239, de servicio doméstico.
Solicitó turno para la presentación de la documentación en fecha 20/04/2011 e inició el trámite en la UDAI ZARATE sita en calle Independencia N°641, Zárate, con fecha xxxxxxx. Se confeccionó SICAM, según ley 24.476 de moratoria vigente, por los períodos de autónomos que abarcan desde xxx al 30/09/1993 y los periodos 01/11/2005 al 31/03/2011 prestados en el régimen de Servicio Doméstico, según lo establecido en la ley 25.239. Completándose así, los 30 años de servicios con aportes requeridos por la ley 24.241 para obtener las prestaciones PBU, PC, y PAP, del Sistema Integrado Previsional Argentino. Se envió el plan de moratoria con fecha xxxxx, Bajo Liquidación N° xxxx y se pago la primera cuota correspondiente por $xxxxx.-

Sin embargo, a pesar de cumplir con la requisitoria de la ley, la solicitud fue denegada en fecha 11 de Octubre de 2011 mediante resolución N° RBO-D xxxx/11, fundamentándose en el Dictamen Legal Nº xxxx, considerando: “En primer término resulta vigente a los fines de proceder a dictaminar la circular 30/2010, que establece las pautas y normativas correspondientes al Servicio Domestico.
Para la regularización de deudas en forma extemporánea se deberá en todos los casos cumplir con los siguientes requisitos: 1) libreta de trabajo, 2) Recibos de sueldos extendidos por el dador de trabajo, Formulario 102 afip, 3) Constancia de sindicato, 4) certificado de obra social, 5) tickets de aportes con el cumplimiento de todos los rubros mencionados en la totalidad por los períodos impagos y reconocidos extemporáneamente, 6) formulario anexo I declaracion jurada regimen especial para empleados Servicio Domestico, 7) verificacion ambiental (circular 30/2010 GP)
Que vienen las presentes a dictaminar respecto labores dentro del rubro servicio doméstico, durante el período 1/11/05 al 31/03/2011.
Que si bien se agrega prueba documental (tickets de pago,etc), la misma deberá ser analizada en concordancia con el informe de verificación ambiental, con el objeto de probar no solo que se haya producido el ingreso de los aportes al sistema previsional, sino que resulta necesario e indispensable probar en debida forma la relación de trabajo, cbrando virtualidad a tal efecto en informa de verificación, el que a continuación se procede analizar.
Que del informe de verificaciones agregado en autos, no se logra acreditar la relación de trabajo que se invoca.
La declaración de la dadora de trabajo por si solo no basta para tener por acreditado el extremo legal indicado.
Atento que dichos pagos fueron realizados en forma extemporánea y no obrando en autos los extremos probatorios y las exigencias normadas en la circular GP N°30/2010 que establece el Regimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico ley 25.239, estimo que no se cumplen los requisitos allí establecidos debiéndose denegarse el presente.

Sr. Jefe de ANSES, la resolución denegatoria; la cual dictada por una UDAI diferente a la cual mi poderdante presentó los papeles para el otorgamiento; que en este acto vengo a impugnar, debe ser revocada por considerarse injusta, arbitraria e ilegal, porque no tiene en cuenta las leyes vigentes en la materia previsional, solicitando requisitos imposibles de cumplir y soslayando la normativa que regula sobre las prestaciones del trabajo realizados bajo la denominación de Servicio Doméstico; la cual impide obtener la jubilación a mi mandante que por ley le corresponde.

Cabe señalar que del Acta de Verificación Ambiental practicada por el verificador Bonocore Pablo Ciro, se comprobó que efectivamente la Sra. xxxxx prestó servicios en el domicilio del dador de trabajo Sr. xxxx durante el período aportado (01/11/2005 al 31/03/2011), y por la cantidad de horas semanales declaradas en el Anexo I de la Circular (Declaración Jurada Régimen Especial para Empleados del Servicio Doméstico), presentado al momento del inicio del trámite. Ello surge expresamente de las declaraciones del Sr. xxxxxx, que admite en la verificación la real prestación de servicios por parte de mi mandante, y asimismo, manifestó al Verificador que realizó extemporáneamente los aportes, con todo el pago de intereses que correspondía, por cuestiones personales que entendió en su momento mi mandante.

Que en este sentido cabe mencionar que la Circular Nro. 56/11 indica claramente en su punto 3: LA REAL PRESTACION DEL SERVICIO: “La relación laboral reconocida extemporáneamente (aun después del fallecimiento del causante), con el consiguiente ingreso de aportes y contribuciones, es plenamente hábil para que los periodos allí denunciados sean considerados a todos los efectos previsionales, sin perjuicio de ello, esto se encuentra supeditado a que de las actuaciones o de otros elementos agregados posteriormente no surjan constancias fehacientes que indiquen la imposibilidad de que el peticionante haya realizado las tareas denunciadas (Dictamen N° 37.706)". Y continúa enunciando: “Si bien no puede admitirse que “se compren servicios”, nada obsta a que ANSES, en tanto no existan presunciones graves, precisas y concordantes que hagan dudar de una prestación por cuenta propia o ajena que se denuncie en un expediente, evalúe favorablemente tiempos cotizados tardíamente pero cancelados con todos los accesorios de ley, en los supuestos o sobre la base de alternativas admitidas por la legislación vigente (Dictamen N° 43.373).”
De ello se desprende, a contrario sensu, que la declaración positiva por parte de la persona que se declara dadora de trabajo y el consiguiente pago de los aportes e intereses, hacen irrefutable la existencia de la prestación de servicios por parte de la Sra. xxxxxx.

Sin embargo, y a pesar de lo expuesto por la propia normativa del Organismo, el dictamen descalifica los aportes debido a que “Que del Informe de Verificaciones agregado en autos, no se logra acreditar la relación de trabajo que se invoca; la Declaración del dador de trabajo por sí solo no basta para tener por acreditado el extremo legal indicado” pero que en ningún caso conlleva entidad suficiente para que se deniegue el beneficio solicitado.

Asimismo, en el Acta de Verificación Ambiental, el verificador observa que “no se toma DDJJ a los vecinos, porque el primer domicilio es una zona totalmente comercial y prácticamente no hay vecinos que vivan en forma permanente, el segundo correponde a un edificio que la mayoría de sus ocupantes son inquilinos, no viven en forma permanente”

Sr. Jefe de Anses, en el caso de autos, no es necesaria solicitar declaraciones a los vecinos, quienes son ajenos a la relación de trabajo, atenta contra el principio de razonabilidad estableciendo en el art.28 de la Constitución Nacional, viola el Art.19 de la Constitución Nacional y tratados internacionales por el derecho de la intimidad de las personas, el derecho a la vida privada.
En el presente, el Dador de trabajo esta reconociendo la relación de trabajo que desempeño mi mandante en su domicilio, están los pagos de aportes, que es prueba suficiente para tener por acreditada la relación.

IV. PRUEBA

Como prueba que hace a mi derecho ofrezco la siguiente:
Documental: Carta poder, Resolución denegatoria.

V. DERECHO

Fundo el derecho de mi mandante en lo estipulado por los Arts. 14 bis, 17 y 75 inc 22 de la Constitución Nacional; Art.19 y 38 de la Ley 24.241, ley Servicio Doméstico, Circular ANSES 56/2011.

VI. PETITORIO

Por todo lo anteriormente expuesto solicito:
1) Me tenga por presentada, por parte en el carácter invocado y por constituido domicilio;
2) Se dicte una nueva resolución otorgando a mi mandante el beneficio de jubilación solicitado con retroactividad al momento de su solicitud, es decir fecha de solicitud de turno, el día 20/04/2011, momento en el cual mi mandante cumplía con los requisitos de años de edad y años de servicio para la obtención del mismo.


Sin otro particular, saluda a Usted muy atentamente,
 #779717  por draclaudia
 
yo hice el recurso de reconsideracion de verificacion, es el motivo q ponen en todos los rechazos... El recurso ante anses te lo rechazan y te dicen q hagas reapertura poq asi se pierde el retroactivo... ahora presenté un recurso de revisión ante la CARSS ya entró y ahora a esperar.
 #781310  por Gabysilvi
 
Hola!.. quería hacerles una consulta saben si es conveniente o no al momento de presentar el recurso de reconsideracion de verificacion de SDM, presentar declaracion jurada testimonial de acreditacion de servicios Form 6.8, por vecinos que acrediten que la persona trabajo efectivamente en ese lugar, así evitar una nueva verificación o con el recurso que antes copie basta.
Espero Respuesta.. Mil Gracias.