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  • CONVENIO EXTR. DE DISOLUCION DE SOC (CONYUGAL)

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #737823  por lionello
 
Queridos foristas, tengo una duda y espero puedan aclararmela , voy a presentar un divorcio por presentacion conjunta art. 215 en la cual voy a incorporar tambien tenencia , hogar conyugal y Regimen de alimentos , lo que yo le aconseje a mis clientes es no presentar en el mismo escrito el acuerdo que consideran conveniente con respecto a los bienes de la soc. conyugal , dado que la tasa de justicia es alta y ese procedimiento se podria llevar a cabo tranquilamente una vez decretado el divorcio vincular.
Ahora el inconveniente esta dado de que los Conyuges tienen tremendos miedos de que no se cumpla con la division de bienes estipuladas de "PALABRA" , mi remedio a todo esto es como abogado labrar un CONVENIO EXTR. DE DISOLUCION DE SOC CONYUGAL , para que los conyuges se queden mas tranquilos y el dia de mañana una vez proclamado el divorsio puedan los mismos homologarlo ante el juez competente dentro del procedimiento de liquidacion de los bienes que integran la sociedad conyugal.-
Espero respuestas , y puntos de vistas . Un abrazo gigante.-

lionello
 #738080  por Tofee
 
Hola Lionello, no se en que jurisdicción estás.
Yo en CABA lo he gestionado como vos decís, primero el divorcio y cuando ya tenés sentencia firme y los interesados disponen de fondos para las tasas y gastos de incripción, presenté la homologación. Por conexidad va al mismo juzgado.
En estos casos siempre se firmó la demanda de divorcio junto con el convenio de div.bienes en escribanía, certificando firmas en el convenio. Tambien dejamos firmado el escrito conjunto para la homologación.
El único riesgo es que algún juez cuestione la fecha del convenio (obviamente será anterior al divorcio). Si así fuera, tendrán ambos que ratificarlo, pero con un principio de prueba por escrito acerca de la ganancialidad, o no, de los bienes. Es importante, para tranquidad de tu cliente, que se aclare especialmente el carácter de cada bien y si la adjudicación no es proporcional con más razón. Si hubo algún aporte "propio" para la compra de los bienes, especificarlo en el convenio. Si alguna de las partes asume el pago de deudas, dejar a salvo el derecho de repetición de la otra. Toda esta documentación no será oponible a terceros, pero sí válida entre las partes.

Saludos,
 #738271  por lionello
 
Tofee escribió:Hola Lionello, no se en que jurisdicción estás.
Yo en CABA lo he gestionado como vos decís, primero el divorcio y cuando ya tenés sentencia firme y los interesados disponen de fondos para las tasas y gastos de incripción, presenté la homologación. Por conexidad va al mismo juzgado.
En estos casos siempre se firmó la demanda de divorcio junto con el convenio de div.bienes en escribanía, certificando firmas en el convenio. Tambien dejamos firmado el escrito conjunto para la homologación.
El único riesgo es que algún juez cuestione la fecha del convenio (obviamente será anterior al divorcio). Si así fuera, tendrán ambos que ratificarlo, pero con un principio de prueba por escrito acerca de la ganancialidad, o no, de los bienes. Es importante, para tranquidad de tu cliente, que se aclare especialmente el carácter de cada bien y si la adjudicación no es proporcional con más razón. Si hubo algún aporte "propio" para la compra de los bienes, especificarlo en el convenio. Si alguna de las partes asume el pago de deudas, dejar a salvo el derecho de repetición de la otra. Toda esta documentación no será oponible a terceros, pero sí válida entre las partes.

Saludos,

Toffe muchas gracias por la contestacion , lo voy a tener en cuenta , igual creo que estamos en la misma sintonia , solo que yo tenie pensando meter el convenio , una vez interpuesto el divorcio de mutuo acuerdo pero antes de que haya sentencia firme , cosa de que tramite en el mismo expediente y no tenga que incorporarlo por incidente, pero igual de las 2 maneras esta claro , de la tasa de justicia no se van a salvar asi que , ya sea antes de la sentencia o despues , hay que presentarlo , obviamente certificado por escribano publico.

UN abrazo enorme , estoy para lo que necesites
 #738374  por Tiburcio
 
Yo siempre presento el convenio de bienes junto con la demanda de divorcio. Jamás me han exigido el pago de la tasa de justicia (que solamente reclaman al pedir la homologación o ejecución del convenio).
Mientras tanto las partes tienen la tranquilidad de que su acuerdo tiene fecha cierta y carácter de instrumento público.
Luego lo cumplen de la manera que mejor les cuadre.
 #738375  por Tiburcio
 
Aclaro que no hice este intento en PBA, pero estimo que sería igual.
 #738531  por lionello
 
Muchachos tengo una duda , ahora vino la pareja que se quiere divorciar y me dijieron si hay forma de evitar el pago de la tasa de justicia, yo por lo general presento el divorcio y antes de que el juez resulva , presento el convenio de disolucion de soc. conyugal firmado ante escribano publico y al momento de pedir la homoligacion del convenio , abono difinitivamente la tasa de justicia , pero esta gente no quiere presentarlo en la justicia y no quiere que lo homologen dado que no quieren abonar esos montons , quieren hacer el convenio entre partes y firmado ante escribano, para darle seguridad de cumplimiento, para despues hacer la divicion de los bienes conyugales, y ceder sus partes deacuerdo a como lo estipularon sin declararlos en el expedientes.- Eso es viable? y en el caso de que asi fuere , se lleva a cabo por medio de contrato de cesion de derechos? Espero respuesta . Un abrazo enorme colegas.
 #780028  por Mar15
 
Tiburcio escribió:Yo siempre presento el convenio de bienes junto con la demanda de divorcio. Jamás me han exigido el pago de la tasa de justicia (que solamente reclaman al pedir la homologación o ejecución del convenio).
Mientras tanto las partes tienen la tranquilidad de que su acuerdo tiene fecha cierta y carácter de instrumento público.
Luego lo cumplen de la manera que mejor les cuadre.
Hola Tiburcio te hago una pregunta: en un divorcio 215, las parte incluyen acuerdos por alim, reg de visitas, tenencia y de división y adjudicación de bienes. el unico bien es una vivienda esta comprada mediante boleto por mi clienta, el sr se la cede, para que no paguen tasa si la sra desea venderla oportunamente hara otra cesión o sino directamente escriturara a su nombre, seria viable no? desde ya graicas
 #780463  por Tiburcio
 
En el convenio basta con expresar ese acuerdo de las partes.
Cuando llegue el momento de la escrituración se lo hace directamente a nombre de ella, prestando en ese momento el su conformidad.