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  • Caso de laboratorio, que opinarian?

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 #782983  por flux
 
Estos son los antecedentes:

-Inicio sucesion por dos hijos del causante.
-Se me presenta una tercera hija del mismo quien acredita vinculo invocado (no formula oposicion alguna a mi sucesion originaria).
-Le planteo una revocatoria del auto que le tienen por acreditado el vinculo con base en la nulidad del reconocimiento de paternidad por dolo y error en el acto juridico y por impugnacion del vinculo invocado.
-VS admite el planteo y da traslado.
-No contesta en termino la reposicion.
-Casi seis meses despues contesta extemporaneamente reconviniendo alegando que mis clientes son los que no son hijos del causante y pidiendoles tambien el ADN.
-VS falla diciendo que es extemporanea la presentacion pero tambien declarandose incompetente para esta cuestion.
-El otro letrado apela (supongo, digo asi porque aun no presento su memorial, que por la declaracion de extemporaneidad, con base en que no hay plazo para hacerla cuando quien la plantea es el hijo del causante, art 263 del CC creo) y yo con base a que es doctrina legal de la SCBA que este tipo de planteos son de competencia del juez del sucesorio y no de Familia cuando hay sucesion inciada (si en camara me dicen que no le mando una inaplicabilidad de la ley por violacion de doctrina legal gigante con base a que la incompetencia en este caso me implica una perdida de derechos -solo en ese caso dan el recurso contra incompetencias-, osea la preclusion operada cuando no contesto en termino y que iniciar todo de vuelta le daria esa oportunidad que ya perdio).

Lo que tengo curiosidad por saber que opinan y que yo creo que es correcto es:

Por mas que el 263 (creo es ese) del CC diga que cuando quien plantea la impugnacion es el hijo no hay plazo para hacerla, igual desde el punto de vista procesal ya perdio la posibilidad de hacerlo porque le opero la preclusion, desde que se presento a mi expediente y no lo hizo en la primera oportunidad cuando ya mis clientes tenian su vinculo acreditado y tampoco lo hizo cuando le corri el traslado de la revocatoria por el vinculo que yo le impugne.

Estimo que es asi porque sino seria un viva la joda si en cualquier momento te pueden impugnar un vinculo pasandose de largo de la preclusion; seria una joda, me lo podrian impugnar aun luego de la declaratoria, aun luego de la inscripcion, y mandar al piso y para atras todas las etapas procesales precluidas por la parte que ahora se pone quejosa de lo que antes consintio con su silencio.
 #782986  por flux
 
Una mas, dije que es de laboratorio, pero en si es un caso que tengo y me da curiosidad como interpretar el valor de la preclusion en este caso.