Se ha iniciado un desalojo de una casa en un barrio otorgado por el instituto de la vivienda de la Pcia. de Bs As. En realidad mi cliente había alquilado el inmueble por una cuestión de seguridad (para evitar la usurpación) y la inquilina se avivó o la avivaron y no se la devuelve. En ese ínterin pasan a censar del I. Viv. y la censan a la inquilina. Al iniciar el desalojo la misma ofrece como única prueba la constancia del censo, aunque no desconoce el alquiler. Al informar el Inst, de la Vivienda dice que por una resolución administrativa la desadjudican a la locadora y la adjudican a la inquilina! TENIENDO EN CUENTA ESE CENSO PERO JAMAS LE NOTIFICAN ESA RESOLUCION A LA LOCADORA. ASI CONSTA EN EL INFORME.
hasta aqui llegamos. Aun no hay resolución pero debería atacar el acto administrativo por nulo? La locadora era adjudicataria junto a su madre que no figura en el contrato de alquiler, ni en la desadjudicacion. ELLA PODRIA INTEVNIR COMO TERCERA?
GRACIAS!!!
hasta aqui llegamos. Aun no hay resolución pero debería atacar el acto administrativo por nulo? La locadora era adjudicataria junto a su madre que no figura en el contrato de alquiler, ni en la desadjudicacion. ELLA PODRIA INTEVNIR COMO TERCERA?
GRACIAS!!!