Hola,
Por un error de la Afip que no dió de baja la inscripción al IVA de una persona Física,se pidió la baja en el 2001 y recién fue dado de baja la inscripción en el 2009, esta persona es intimada a que presente una DDJJ de IVA de un sólo mes de 2008 pero como no presentó otras declaraciones de IVA desde el 2001 y quedan 2 años que no prescribieron para la presentación de estas DDJJ: quisera preguntar si; ¿conviene que presente las declaraciones de IVA por el tiempo que no prescribió o si conviene que espere que la Afip lo intime para que lo presente?, el temor es por las multas que, como las declaraciones de IVA son mensuales, quizás la Afip quiera cobrarlas por cada declaración mensual.
Saludos,
Por un error de la Afip que no dió de baja la inscripción al IVA de una persona Física,se pidió la baja en el 2001 y recién fue dado de baja la inscripción en el 2009, esta persona es intimada a que presente una DDJJ de IVA de un sólo mes de 2008 pero como no presentó otras declaraciones de IVA desde el 2001 y quedan 2 años que no prescribieron para la presentación de estas DDJJ: quisera preguntar si; ¿conviene que presente las declaraciones de IVA por el tiempo que no prescribió o si conviene que espere que la Afip lo intime para que lo presente?, el temor es por las multas que, como las declaraciones de IVA son mensuales, quizás la Afip quiera cobrarlas por cada declaración mensual.
Saludos,