Colegas, me llegó cliente y el traslado de una demanda de juicio ejecutivo. Se trata de un pagaré sin protesto, por una suma bastante importante. La deuda es real, y mi cliente la reconoce. Estrategicamente lo más conveniente para mi cliente, a mi parecer es el allanamiento a las pretenciones de la otra parte a fin de evitar que sigan corriendo los intereses que son bastante altos.
Mi duda surge de la siguiente cuestión.
Para solicitar la liberación del pago de costas es necesario que el deudor no esté en mora; y es aquí donde se me presenta la duda.
A mi entender, al no existir una constitución fehaciente en mora por parte del acreedor mi cliente aún no ha sido puesto en mora. Siendo el traslado de la demanda la primera intimación recibida por él. ¿Es correcto mi razonamiento? (Se trata de un pagaré sin protesto y a fecha cierta)
Que me recomiendan; la idea es utilizar ese fundamento para pedir la exención de costas. La idea central sería evitar litigar en vano y arreglar la situación de mi cliente lo más posible a fin de evitar que sigan dando intereses, que llegan a un 72% anual, y ya han pasado casi 3 años. (En realidad se trata de un crédito que sacó para el cuñado, y se enteró con el traslado de la demanda que aquel nunca pagó siquiera una cuota)
No quiero alargar más el asunto, mi cliente está dispuesto a pagar la deuda en cuotas, pero al ser el monto muy alto, estoy tratando de que pueda safar al menos de las costas del juicio.
Cualquier recomendación que puedan hacerme sería de gran ayuda. Desde ya, muchas Gracias.
Mi duda surge de la siguiente cuestión.
Para solicitar la liberación del pago de costas es necesario que el deudor no esté en mora; y es aquí donde se me presenta la duda.
A mi entender, al no existir una constitución fehaciente en mora por parte del acreedor mi cliente aún no ha sido puesto en mora. Siendo el traslado de la demanda la primera intimación recibida por él. ¿Es correcto mi razonamiento? (Se trata de un pagaré sin protesto y a fecha cierta)
Que me recomiendan; la idea es utilizar ese fundamento para pedir la exención de costas. La idea central sería evitar litigar en vano y arreglar la situación de mi cliente lo más posible a fin de evitar que sigan dando intereses, que llegan a un 72% anual, y ya han pasado casi 3 años. (En realidad se trata de un crédito que sacó para el cuñado, y se enteró con el traslado de la demanda que aquel nunca pagó siquiera una cuota)
No quiero alargar más el asunto, mi cliente está dispuesto a pagar la deuda en cuotas, pero al ser el monto muy alto, estoy tratando de que pueda safar al menos de las costas del juicio.
Cualquier recomendación que puedan hacerme sería de gran ayuda. Desde ya, muchas Gracias.
"No vivas para que tu presencia se note, sino para que tu ausencia se sienta."