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 #829194  por veronicacecilia
 
Buenas tardes,
Tengo un cliente que esta inhibido desde 1999, y ahora necesita abonar la deuda porque tiene que iniciar la sucesión de su padre.
Mi consulta es ¿se pueden reducir los intereses? porque la sentencia en ese momento era de $35.000.
Saludos.
Verónica
 #829282  por legalescom
 
De todos modos, en el sucesorio, sólo se requieren certificados de inhibiciones del causante, no de los herederos. Fijate que haya sido reinscripta la inhibición, ya que a los 5 años caduca automáticamente, si no se la reinscribe.
 #829332  por veronicacecilia
 
Muchas gracias!
Entiendo que en la sucesión no me solicitan los informes, pero para escriturar si, y para ceder los derechos también.
Existe otra manera para que el heredero pueda vender la propiedad?
Por otro lado, se puede llegar a un acuerdo extrajudicial con la otra parte, a pesar de existir una sentencia?
Soy nueva en este tema, y les agradezco la información.
Saludos cordiales,
Verónica