Hola les planteo el caso que se me presenta, y me genera duda atento a que la doctrina judicial no es uniforme al respecto.
Presento una demanda contra asegurado y aseguradora, ahora el primero no contesta y el segundo coaccionado si, en el caso del primero se lo tendrá por reconocido de los hechos lícitos y de la documental acompañada, ahora la duda se me genera porque la aseguradora al contestar, niega los hechos invocados en la demanda, relata una versión totalmente opuesta sin ofrecer prueba de dichos hechos y ofrece prueba pericial para la graduación de los daños.
Entiendo que la jurispruedencia en la Corte Nacional y en la Suprema Corte de pcia de Buenos Aires, es que la aseguradora tiene facultades amplias en su intervención en el proceso, pero dicha doctrina no es uniforme toda vez que algunos fallos sostienen que al no existir relación entre seguro y damnificado y también al no existir litisconsorcio pasivo necesario entre asegurado y asegurador, el seguro solo puede oponer defensas anteriores al siniestro como existencia o no de cobertura, causales de caducidad de la misma, y alcance de dicha cobertura pero no puede rebatir hechos ni ofrecer prueba.
Les pido que opinen al respecto si alguno tuvo un caso similar. Slds
Presento una demanda contra asegurado y aseguradora, ahora el primero no contesta y el segundo coaccionado si, en el caso del primero se lo tendrá por reconocido de los hechos lícitos y de la documental acompañada, ahora la duda se me genera porque la aseguradora al contestar, niega los hechos invocados en la demanda, relata una versión totalmente opuesta sin ofrecer prueba de dichos hechos y ofrece prueba pericial para la graduación de los daños.
Entiendo que la jurispruedencia en la Corte Nacional y en la Suprema Corte de pcia de Buenos Aires, es que la aseguradora tiene facultades amplias en su intervención en el proceso, pero dicha doctrina no es uniforme toda vez que algunos fallos sostienen que al no existir relación entre seguro y damnificado y también al no existir litisconsorcio pasivo necesario entre asegurado y asegurador, el seguro solo puede oponer defensas anteriores al siniestro como existencia o no de cobertura, causales de caducidad de la misma, y alcance de dicha cobertura pero no puede rebatir hechos ni ofrecer prueba.
Les pido que opinen al respecto si alguno tuvo un caso similar. Slds