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 #85312  por pris_123
 
hola queria haceles una consulta: a mi cliente vendedor de un auto, le llegó una deuda por impuesto de automotor, el comprador nunca pagó el 08 por eso no hay transferencia y le llego la deuda a él. ¿ le envio una carta doc. al comprador intimando el pago de la transferencia? gracias

 #85577  por cecita
 
Hola. Una consulta? Hizo denuncia de venta? Porque a partir de la denuncia lo que hace el registro es notificarle que cuenta con X cantidad de dias que ahora no recuerdo, para que haga la transferencia o sino le decretean la prohibicion de circular. Creo que es asi.
Suerte

 #85644  por Ví©lez Sarsfield
 
el vendedor cuando vende su vehiculo debería hacer la denuncia de venta en el Registro Automotor para liberarse de la responsabilidad civil y la denuncia de venta en Rentas o Municipalidad donde tribute el vehiculo la patente, para liberarse de futuras responsabilidades tributairas, sino realizó estos pasos es responsable y debe pagar, aunque haya firmado el 08, ya que la transferencia de dominio se realiza cuando se ingresa ésta al Registro porque es de caracter constitutivo.

Al hacer la denuncia de venta en el Registro Automotor,éste lo intima al comprador para que realice la transferencia en 30 días corridos, si así no lo hiciere el vehiculo queda con prohibición para circular, pero esta denuncia de venta no puede ser retroactiva, el registro toma la fecha de ingreso de la misma y no la declarada como fecha de venta.