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  • Ejecucion de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #857193  por ataale
 
Consulta:
Fecha 03-02-12 Inicie ejecucion de honorarios
el 06-02-012 me porveen esto:
La Plata, 6 de Febrero de 2012.- Por promovida ejecución de honorarios.- ---Trábese embargo sobre los haberes de la Sra., en la proporción de ley, hasta cubrir la suma de pesos cuatro mil setecientos ocho ($ 4.708 ), correspondiente a capital y aportes previsionales, con más la suma de mil cuatrocientos doce con cuarenta centavos ($ 1.412,4 ), que se presupuesta para responder a intereses y costas;al efecto, líbrese oficio donde deberá indicarse expresamente que el embargo dispuesto corresponde a la ejecución de honorarios incoada por la Dra..- Trabada la medida, cítese a la demandada para oponer excepciones, bajo apercibimiento de continuarse la ejecución (art. 54, 58 L.8904; art. 497, 503 , 506, 540 CPCC), librándose la correspondiente cédula.-
El empleador se tardó en abrir la cuenta. Pero el 28 de mayo dejó el escrito con la apertura de la cuenta.
AHORA COMO CONTINUO: QUE DEBO HACER???? Trabada la medida, cítese a la demandada para oponer excepciones, bajo apercibimiento de continuarse la ejecución (art. 54, 58 L.8904; art. 497, 503 , 506, 540 CPCC), librándose la correspondiente cédula.-
Esto es el mandamiento??
 #857511  por Squonk
 
ataale escribió:AHORA COMO CONTINUO: QUE DEBO HACER???? Trabada la medida, cítese a la demandada para oponer excepciones, bajo apercibimiento de continuarse la ejecución (art. 54, 58 L.8904; art. 497, 503 , 506, 540 CPCC), librándose la correspondiente cédula.- Esto es el mandamiento??
No, no es ningún mandamiento, es una cédula