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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #861388  por ataale
 
Hola Periquita. Te comento es la Dirección de Admnistración de Personal -Directora Valeria Rinaldi. Solicité la completa pero solo me hacen lo de Municipalidad La Plata. Voy a tener que averiguar como hago lo de Castelli y Mar del Plata. En la nota incoporé mis datos para poder retirarlo porque es un trámite personal. Y dentro de 20 - 30 días lo retiro presentando la autorización firmada por mi clienta. Te debo el reconocimiento como docente o común. Te paso el tel. 429.5200 int. 85282.
 #861410  por RMario
 
Hola:

Al ver la nula respuesta en;

viewtopic.php?f=8&t=161820

acudo aquí, a ver si hay alguien que se interese en responerme y ayudarme.

Saludos

= = = =


Ley Argentina Previsional:

Hola:
Me presento,
Soy el prof. Ricardo Mario Ponce.
Por muchos años fui delegado y aprendi de Decretos y Leyes, llegando a trabajar en Subsecretaria de Legales del Sindicato, defendiendo los derechos de los docentes. Me inscribí en abogacía, y ya llegaré a ser colega de ustedes.

Respetando las condiciones del foro me anoté como usuario, pero como no soy abogado todavía, siguiendo lo normado hago la consulta por aquí.

De leyes previsionales no conozco mucho.
Ahora estoy reponiendome de una seria dolencia que lleva meses, y me establecí en plena pre-cordillera de Los Andes, dónde el clima y la naturaleza han logrado equilibrar muy bien mi tensión arterial principalmente y otros aspectos.

En esta vida de ermitaño, encontré el foro y desde esta hermoso silencio me comunico via Internet.

Vamos al tema.

= = =

Por favor ayuda en este caso.

Señor nacido 5/12/1951: 60 cumplidos.

Presenta papeles para jubilarse como docente, en ANSES, Mendoza, calle Eusebio Blanco.

Consulta, va para denegado, según ANSES le faltarían 1 año y 9 meses.

Expediente tomo estado Abr/2012.

Consulta previa en Agosto/2011, en ANSES, le manifestaron que alcanzaba y sobraba.

Total desde 1975 (registros de ANSES) 34 años y fracción de aportes.
El tenía comprobantes desde 1971, así que incrementaba a 37/38 años de aportes y fracción.

Sorprende que ahora digan que faltan años.

= = =

Datos:
Fecha nacimiento: 5/12/1951.
Antecedentes presentados al 31/01/2012.

Hipodromo Mendoza
Inicio 01/07/1971 Cese: 31/01/1975
YPF
Inicio 10/12/1974 Cese: 15/07/1992
Fecovita
Inicio: 16/07/1992 Cese: 31/12/1994
Dir. Gral. Escuelas
Inicio: 23/03/1996 Cese: 31/01/2012

= = =
Continuidad laboral y de aportes NO DOCENTES
Inicio: 01/07/1971 a: 31/12/1994 = 23 años 5 meses 30 días.

APORTES DOCENTES
Inicio 23/03/1996 a: 31/01/2012 = 15 años 10 meses 8 días

Años YPF con tareas insalubres:
Idem YPF = 17 años 7 meses 5 dias.
= = =

Entiendo que según comentario leído en foro:

35 años exigidos para jubilación
25 años exigidos como docente
15 años que esta persona tiene como docente

35/25 = 1,4 x 15 = 21 años

Y cuenta con 23 años de aportes no docentes

21 + 23 = 44 años de aportes

= = =
Mientras escribia esto surgio otra relación en mi mente,

Si con 25 años de docencia se jubilan 5 años antes de los 65 años.
Con 15 años de docencia = x

x = 15 x 5 / 25 = 3 años

O sea, 15 años correspondería jubilarse a los 62 años, (65 - 3).

Pero los años de aportes, por exceso, no ayudan a reducir el año y 9 meses que dicen que falta? ¿Son tomados en cuenta en el prorrateo?



= = =
1) La pregunta: ¿Por qué dicen que debe trabajar 1 año y 9 meses más?. La jub ordinaria es a los 65 y tiene 60 para jubilarse como docente.

2) Pero los años de aportes, por exceso, no ayudan a reducir el año y 9 meses que dicen que falta? ¿Son tomados en cuenta en el prorrateo?

3) ¿Por favor podrían facilitarme la fórmula de prorrateos?

4) ¿Los años de trabajo insalubre son considerados en el prorrateo? ¿Como incide, en esto para jubilarse como docente?. ¿Me podrían explicar?

= = = = =

Espero vuestra ayuda y respuesta, por favor.


Saludos:
R.Mario
 #861486  por periquita
 
ataale escribió:Hola Periquita. Te comento es la Dirección de Admnistración de Personal -Directora Valeria Rinaldi. Solicité la completa pero solo me hacen lo de Municipalidad La Plata. Voy a tener que averiguar como hago lo de Castelli y Mar del Plata. En la nota incoporé mis datos para poder retirarlo porque es un trámite personal. Y dentro de 20 - 30 días lo retiro presentando la autorización firmada por mi clienta. Te debo el reconocimiento como docente o común. Te paso el tel. 429.5200 int. 85282.
Muchas gracias.
*suerte*
 #861530  por periquita
 
RMario escribió:Hola:

Al ver la nula respuesta en;

viewtopic.php?f=8&t=161820

acudo aquí, a ver si hay alguien que se interese en responerme y ayudarme.

Saludos

R.Mario

RMario:

Me parecece que sos algo impaciente, la pregunta la pusiste ayer… Y de hecho ya te contestaron. También te agregué algo en ese post.

Te comento que responder en el Foro no es lo único que hacemos…. Hay que darnos un poquito de tiempo….

Que tengas suerte
 #862235  por RMario
 
periquita escribió:
RMario escribió:Hola:

Al ver la nula respuesta en;

viewtopic.php?f=8&t=161820

acudo aquí, a ver si hay alguien que se interese en responerme y ayudarme.

Saludos

R.Mario

RMario:

Me parecece que sos algo impaciente, la pregunta la pusiste ayer… Y de hecho ya te contestaron. También te agregué algo en ese post.

Te comento que responder en el Foro no es lo único que hacemos…. Hay que darnos un poquito de tiempo….

Que tengas suerte
Hola Periquita:

Si, parece que tienes razón.

De todas maneras hice los cálculos de acuerdo al link indicado.

como supero en la primera parte el 100%, ya las cuentas están, para mi, bien, pero ... sale un número raro.

Gracias por ocuparte.

Saludos
 #863157  por Camarista41
 
Periquita hola!! Ya te había consultado por el tema de bibliotecarios, esfectivamente esa reconocido en planta y de hecho figuran servicios docentes en las csyr. Me trajo todas. Se trata de un señor que reune 7 años y 5 meses de servicios docentes luego tiene comunes. El tema es el prorrateo. Debo hacerlo como 60/30 verdad??? porque no reune los 10 frente a alumnos y la ley dice q en caso de no tener 10 años frente a alumnos se toman 30, es correcto?
Por otro lado me aparece en Mis APORTES DE AFIP, que tiene algunos servicios en colegios privados de la pcia de Bs AS, en ese caso debo tomarlos como comunes????
Gracias por tu ayuda Periquita! *suerte*
 #865084  por lkgomez
 
Hola Periquita y foristas!
Tengo una consulta un tanto rara para mí.
Hace más de un año y medio tramité la jubilación de un señor que tenía más de diez años como docente, pero lo jubilaron como autónomo.
Ayer me llama y me comenta que él siguió trabajando en la docencia y que la semana pasada le dijeron que como ya estaba jubilado no le podían seguir abonando la antiguedad como docente...es esto así??? No se puede hacer nada para que se lo sigan pagando??? No puede él llegar a un acuerdo con el empleador para que se lo continúen abonando??? Gracias...como siempre!
 #865263  por periquita
 
Camarista41 escribió:Periquita hola!! Ya te había consultado por el tema de bibliotecarios, esfectivamente esa reconocido en planta y de hecho figuran servicios docentes en las csyr. Me trajo todas. Se trata de un señor que reune 7 años y 5 meses de servicios docentes luego tiene comunes. El tema es el prorrateo. Debo hacerlo como 60/30 verdad??? porque no reune los 10 frente a alumnos y la ley dice q en caso de no tener 10 años frente a alumnos se toman 30, es correcto? no, eso es para darle la jubilación docente que este señor no conseguirá porque tiene solo 7 años. Hay que prorratear 60/25
Por otro lado me aparece en Mis APORTES DE AFIP, que tiene algunos servicios en colegios privados de la pcia de Bs AS, en ese caso debo tomarlos como comunes???? de qué años son? están aportados al IPS o a la ANSES como extracurricular? hiciste reco?
Gracias por tu ayuda Periquita! *suerte*
 #865316  por periquita
 
lkgomez escribió:Hola Periquita y foristas!
Tengo una consulta un tanto rara para mí.
Hace más de un año y medio tramité la jubilación de un señor que tenía más de diez años como docente, pero lo jubilaron como autónomo. ¿seguro? ¿presentó la documentación docente? ¿qué tareas desempeñaba?
Ayer me llama y me comenta que él siguió trabajando en la docencia ¿qué tareas, en qu jurisdicción, colegio privado? y que la semana pasada le dijeron que como ya estaba jubilado no le podían seguir abonando la antiguedad como docente...es esto así??? en principio sí, contestá las preguntas....
No se puede hacer nada para que se lo sigan pagando??? No puede él llegar a un acuerdo con el empleador para que se lo continúen abonando??? Si se lo quiere pagar por supuesto, será como uén plus, pero lo veo difícil Gracias...como siempre!
 #865627  por MJULIENS
 
Hola colegas!!

Es la primera vez que escribo en el foro, y en general con lo que leo en el mismo me basta, pero esta vez estoy un poco confundida.
He estado leyendo bastante pero igual tengo miedo de meter la pata,

La situación es la siguiente, tengo un cliente HOMBRE DE 67 años (fecha nacimiento 04/1945) con aportes simultaneos de relacion de dependencia (45 años) y autónomos 41 años
Trabajos:
1) Relación de dependencia siempre como DOCENTE desde 01/06/1967 a 30/06/2012. Tengo certificados de servicios de los colegios en los que ejerció siempre en CABA.

2) AUTONOMOS inscripto desde 01/1971 hasta la actualidad, (01/71 al 12/79 categoria G, del 01/80 al 12/86 categoria D 01/87 al 02/07 categoria D, desdel el 03/2007 hasta ahora categoria II
Estoy haciendo la vinculación de cuentas, porque en el sicam, no me salen todo lo aportado.

Ahora bien, el haber jubilatorio por aporte en relación de dependencia por el Régimen DOCENTE en general es aprox el 82% del ultimo sueldo al momento del cese.

Pero la duda me surge con los aportes de autónomos, como se conformaría el haber final por los aportes simultaneos,???
1) aunque tenga aportes simultaneos el 82% opor docente se lo otorgarían no??????
2) A ese 82% los aportes por autónomos podrían perjudicar el haber o algo mas sumarían????
He leido en otros post que no es conveniente renunciar a lo pagado, porque por mínimo que sea siempre algo ayuda a mejora, es así realmente??????
3) y como se liquidaría aporox. el haber habiendo aportes en relacion de dependencia REGIMEN DOCENTE y autónomos?????? porque al ser un régimen especial tambien se aplica el tope mensual para el cálculo promedio????
ó lo que se hace es el 82% sobre el sueldo y respecto de autonomos se aplica la ecuación como si los aportes hubiesen sido solo por autonomos????
Bueno les dejo estas dudas a los que saben y cuando puedan agradecería sus respuestas!!!!!
Saludos
mj
 #865760  por periquita
 
MJULIENS escribió:Hola colegas!!

Es la primera vez que escribo en el foro, y en general con lo que leo en el mismo me basta, pero esta vez estoy un poco confundida.
He estado leyendo bastante pero igual tengo miedo de meter la pata,

La situación es la siguiente, tengo un cliente HOMBRE DE 67 años (fecha nacimiento 04/1945) con aportes simultaneos de relacion de dependencia (45 años) y autónomos 41 años
Trabajos:
1) Relación de dependencia siempre como DOCENTE desde 01/06/1967 a 30/06/2012. Tengo certificados de servicios de los colegios en los que ejerció siempre en CABA.

2) AUTONOMOS inscripto desde 01/1971 hasta la actualidad, (01/71 al 12/79 categoria G, del 01/80 al 12/86 categoria D 01/87 al 02/07 categoria D, desdel el 03/2007 hasta ahora categoria II
Estoy haciendo la vinculación de cuentas, porque en el sicam, no me salen todo lo aportado.

Ahora bien, el haber jubilatorio por aporte en relación de dependencia por el Régimen DOCENTE en general es aprox el 82% del ultimo sueldo al momento del cese.

Pero la duda me surge con los aportes de autónomos, como se conformaría el haber final por los aportes simultaneos,???
1) aunque tenga aportes simultaneos el 82% opor docente se lo otorgarían no??????
2) A ese 82% los aportes por autónomos podrían perjudicar el haber o algo mas sumarían????
He leido en otros post que no es conveniente renunciar a lo pagado, porque por mínimo que sea siempre algo ayuda a mejora, es así realmente?????? . No es cierto que SIEMPRE mejore, cada caso es cada caso.... En los docentes NO puede PERJUDICAR, no creo que mejor salvo que el que ingreso docente sea poco. No lo renunciaría, si mejora....mejor.
3) y como se liquidaría aporox. el haber habiendo aportes en relacion de dependencia REGIMEN DOCENTE y autónomos?????? porque al ser un régimen especial tambien se aplica el tope mensual para el cálculo promedio???? No se aplica tope
ó lo que se hace es el 82% sobre el sueldo y respecto de autonomos se aplica la ecuación como si los aportes hubiesen sido solo por autonomos???? no... se hace el cálculo todo como servicios comunes de la 24241 y es la opción 1 que se paga si es mejor que la opción 2: 82 % del haber docente.
Bueno les dejo estas dudas a los que saben y cuando puedan agradecería sus respuestas!!!!!
Saludos
mj
 #865965  por Susana17
 
Hola : Quisiera una orientación para iniciar mi trámite jubilatorio. Soy docente y cumplo con los requisitos par jubilarme. Trabajé al iniciarme 2 años en una escuela oficial. Luego pasé a una privada donde estuve 7 años y otros 13 en otro establecimiento de gestión privada. Desde el 2007 volví al estado y continúo con un cargo de suplente. Cómo verás ya tengo 27 años de antiguedad. Ya realicé el trámite en Anses y tengo el Reco donde constan mis aportes allí por 2años y medio. Me jubilo por el IPS, entonces pos ser la caja de más aportes.
Mi pregunta es la siguiente: Debo ir a Dipregep a pedir mi código jubilatorio y tambien a la DGE y con todo esto al IPS ?. Mi intención es pedir jubilación automática. Y en la DGE, tengo que tramitar mi reconocimiento de servicio?. Gracias por su orientación. Espero su respuesta.
 #866005  por periquita
 
Susana17 escribió:Hola : Quisiera una orientación para iniciar mi trámite jubilatorio. Soy docente y cumplo con los requisitos par jubilarme. Trabajé al iniciarme 2 años en una escuela oficial. Luego pasé a una privada donde estuve 7 años y otros 13 en otro establecimiento de gestión privada. Desde el 2007 volví al estado y continúo con un cargo de suplente. Cómo verás ya tengo 27 años de antiguedad. Ya realicé el trámite en Anses y tengo el Reco donde constan mis aportes allí por 2años y medio. Me jubilo por el IPS, entonces pos ser la caja de más aportes.
Mi pregunta es la siguiente: Debo ir a Dipregep a pedir mi código jubilatorio y tambien a la DGE y con todo esto al IPS ?. Mi intención es pedir jubilación automática.
Tenés que entregar toda la documentación en DIPREGEP y en DGCyE y lo mismo que entregás en cada una con un sello de recibido llevás al IPS agregando el reco de ANSES y los formularios pertinentes.

Y en la DGE, tengo que tramitar mi reconocimiento de servicio? Ahí y en DIPREGEP los solicitas y llevás las copias selladas al IPS, no esperás a que resuelvan porque es una automática
. Gracias por su orientación. Espero su respuesta.
 #866705  por Susana17
 
periquita escribió:
Susana17 escribió:Hola : Quisiera una orientación para iniciar mi trámite jubilatorio. Soy docente y cumplo con los requisitos par jubilarme. Trabajé al iniciarme 2 años en una escuela oficial. Luego pasé a una privada donde estuve 7 años y otros 13 en otro establecimiento de gestión privada. Desde el 2007 volví al estado y continúo con un cargo de suplente. Cómo verás ya tengo 27 años de antiguedad. Ya realicé el trámite en Anses y tengo el Reco donde constan mis aportes allí por 2años y medio. Me jubilo por el IPS, entonces pos ser la caja de más aportes.
Mi pregunta es la siguiente: Debo ir a Dipregep a pedir mi código jubilatorio y tambien a la DGE y con todo esto al IPS ?. Mi intención es pedir jubilación automática.
Tenés que entregar toda la documentación en DIPREGEP y en DGCyE y lo mismo que entregás en cada una con un sello de recibido llevás al IPS agregando el reco de ANSES y los formularios pertinentes.

Y en la DGE, tengo que tramitar mi reconocimiento de servicio? Ahí y en DIPREGEP los solicitas y llevás las copias selladas al IPS, no esperás a que resuelvan porque es una automática
. Gracias por su orientación. Espero su respuesta.
Gracias por tu ayuda. Me fue muy útil !!!
 #867155  por lkgomez
 
periquita escribió:
lkgomez escribió:Hola Periquita y foristas!
Tengo una consulta un tanto rara para mí.
Hace más de un año y medio tramité la jubilación de un señor que tenía más de diez años como docente, pero lo jubilaron como autónomo. ¿seguro? ¿presentó la documentación docente? ¿qué tareas desempeñaba?
Ayer me llama y me comenta que él siguió trabajando en la docencia ¿qué tareas, en qu jurisdicción, colegio privado? y que la semana pasada le dijeron que como ya estaba jubilado no le podían seguir abonando la antiguedad como docente...es esto así??? en principio sí, contestá las preguntas....
No se puede hacer nada para que se lo sigan pagando??? No puede él llegar a un acuerdo con el empleador para que se lo continúen abonando??? Si se lo quiere pagar por supuesto, será como uén plus, pero lo veo difícil Gracias...como siempre!
Periquita: Ante todo agradezco tus respuestas.
Te cuento que sí, que presenté todos los años de docente y se la otorgaron como autónomo...puedo hacer reclamo administrativo ante ANSeS, solicitando jubilación docente, verdad?
Siguió trabajando como docente universitario en la Universidad del Ejército. el tema es que ahora le quieren reclamar los aportes que ellos continuaron haciendo desde la fecha en que se jubiló hasta ahora... Se puede hacer algo respecto a esto?
Espero tus sabias palabras y nuevamente gracias!
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