Buenas noches, mi consulta es la siguiente, vino un cliente al que ya lo habia patrocinado en juicio de alimentos hace un par de años, y se habian fijado alimentos y la apertura de una caja a nombre de la actora, por un par de años estubieron el hombre depositaba y no se veian las caras nnguna de las partes, ahora resulta que la sra. cerro la cuenta, el padre se podria apersonar y abonar contra recibo, el tema es QUE NO LA PUEDE NI VER A LA EX , que deberia pedir como letrado del alimentante? Desde ya muchas gracias.-
hace el depósito judicial y después lo acreditas en el expediente.
saludos, cecilia
