lo de doña rosa lo dije por mi ja ja ja ja porque para el soy eso yo creo que soy una persona comun pero no por eso carente de inteligencia salutes!!!!!!!!!!!!!!!!
Me gustaría explicar algo al respecto. La pension italiana, siempre se pesifico, como todo dinero que viene desde el exterior, salvo el de los diplomaticos que tienen un convenio internacional que impide dicha modificacion.
Pero en referencia a los italianos les cuento que por ej. cuando pagaba la BNL y luego el HSBC, al pensionado le cobraban una COMISION (en esa comision se encubria el pasaje de euro a pesos y de pesos a dolares).
En referencia al ITAU, que es el que paga actualmente, le pasa de EURO A PESOS y luego el pensionado podia elegir comprar euros (que se lo tomaban a la misma cotizacion de compra y venta por un contrato firmado entre itau y el INPS) y sino podia comprar dolares (aca si pagando la cotización de compra)
Con esta modificación, lo que se le prohibe al pensionado es comprar moneda extranjera, al igual que nos sucede al resto de los ciudadanos.
El convenio italo-argentino no dice absolutamente nada de la obligatoriedad del pago en divisa extranjera, puesto que si lo dijese si sería un punto de apoyo para un posible amparo.
Segundo, al ser un beneficio previsional, suele tener el caracter de subsistencia, lo que genera que sea aun más dificil de justificar que el de un ahorro de un trabajador.
Por ende, entiendo que si se puede presentar un amparo, pero al igual que se puede presentar para cualquier ciudadano comun y corriente.
sds. Diego
