El embargo por alimentos puede ser de la totalidad del sueldo. El porcentaje del 20% se aplica solamente a otro tipo de deudas.
Y esto tiene su lógica. Si el juez piensa que el alimentante tiene mas de un ingreso puede optar por embargar eso en su totalidad (piénsese en los casos de policías que hacen adicionales en negro o manejan taxi, en Amado Boudou, en sindicalistas varios, etc.).
"Nuestra herramienta es el idioma escrito. Cuidemos la ortografía. Usemos las mayúsculas y signos de puntuación."
No hagamos consultas que se resuelven con la simple lectura de los códigos. Saludos,
Tiburcio