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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #889860  por fugitiva
 
Hola doctores:


Tengo que tramitar un desalojo por vencimiento de contrato y no restitucion del inmueble a su pedido.-
Querìa saber como acostumbran ustedes a hacer.. si van a regulaciòn, si hacen convenio o pacto de cuota litis, y como es en la practica cuando la condena en costas es al demandado.. que sucede con el convenio que se firmo entre las partes - abogado y cliente-
Imagino que cobran anticipo y gastos , pero como hacen con el resto?
Muchas gracias!!
 #891436  por jalawyer
 
Tenes que cobrar anticipo gastos y estimar lo que van a condenar en costas, por que quien paga es tu cliente y así se lo tenes que explicar por anticipado para que le quede claro por que va a tener que pagar. Instrumentalo en un cuota litis si no tenes confianza. Saludos
 #894648  por adrianne
 
En una oportunidad me aconsejaron q no cobre menos de 8.000$ y gastos. Asi lo hago y me va bien. 50% al inicio y 50% al final . Algunas personas prefieren pagar en la 2da parte cuotas para q no se les haga pesado. Fijate pero a veces se complica por eso está ok ese honorario. Besos Adri *flor*