Emma2011 escribió:mmendoza escribió:Hombre Fallece en 03/2012 no tiene inscripcion en PHA pero si me aparecen pagos en el Sicam desde 01/1994 (en forma salteada).
En datos personales aparece: 10 05/2001 - 06/2004
10 10/2006 - 06/2009
10 08/2010 - 10/2012
Tiene pagos salteados y no llego a ninguna regularidad por lo que voy por los 30 años.
Mi pregunta apunta a que cuando tiro el listado de pagos del sicam y me aparece esos del año 1994 hasta 01/1998 ....por el monto del pago son categoria D.
No se como armar la situacion de revista..me ayudan?????
Entra a Sistema Registral,
alli a "Consultas",
luego a "Datos contribuyente: en esa pantalla fijate que arriba sale cuit, domicilio, y :
mas informacion: en este punto fijate en informacion autonomo y datos históricos...avisame si conseguis encontrar algo que te sirva.
SEGUN LA CIRCULAR 58/10 PROBATORIA- COMPROBACION D E SERVICIOS CON APORTES EFECTUADOS
PARA HACER VALER ESOS APORTES QUE INVOCAS
1) TIENEN QUE ESTAR INCLUIDOS EN HISTORIA D E PAGOS DEL SICAM( ESO LO CUMPLIS)
2) LOS PAGOS SE TIENEN QUE HABER HECHO EN TIEMPO Y FORMA
3) ADJUNTAR LAS BOLETAS ORIGINALES QUE RESPALDEN DICHOS PAGOS
CON ESTOS TRES REQUISTOS SON CONSIDERADOS COMO PRUEBA SUFICIENTE
SI CUMPLIS LOS TRES REQUISITOS, LO PONES EN SIT. DE REVISTA, CASO CONTRARIO LO TENES QUE PONER EN SIT. DE REVISTA Y RENUNCIAR ESOS PERIODOS PAGOS, POR CARECER DE ELEMENTOS
se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, mediante la presentación de las boletas de aportes originales que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en el formulario (historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia, no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada, por aplicación supletoria del apartado 7.6. (Ampliación de Servicios) del item 4 (Verificación del Derecho) del capítulo VI (Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución D.E.-N Nº 555/10.