Hola, tengo el siguiente caso:
Hicimos un convenio en el q se resolvio un problema extrajudicialmente, y se acordo pagar cierto dinero al abogado en concepto de honorarios. El convenio se cumplio en todo, excepto en la parte de los honorarios. Iniciamos un juicio de preparacion de la via ejecutiva, para luego poder ejecutar esos honorarios. Asimismo, en dicho juicio pedimos un embargo preventivo. El juez cita a la contraria a reconocer la firma, pero con respecto al embargo preventivo dice lo siguiente:
"IX.- En cuanto al embargo preventivo, hágase saber que con carácter previo, deberán cumplir con la información sumaria prevista por los arts. 197 y 209 inc.2 del CPCCN.-"
¿Alguien podria ayudarme a entender como funcionan dichos articulos?
Muchas gracias!!
Hicimos un convenio en el q se resolvio un problema extrajudicialmente, y se acordo pagar cierto dinero al abogado en concepto de honorarios. El convenio se cumplio en todo, excepto en la parte de los honorarios. Iniciamos un juicio de preparacion de la via ejecutiva, para luego poder ejecutar esos honorarios. Asimismo, en dicho juicio pedimos un embargo preventivo. El juez cita a la contraria a reconocer la firma, pero con respecto al embargo preventivo dice lo siguiente:
"IX.- En cuanto al embargo preventivo, hágase saber que con carácter previo, deberán cumplir con la información sumaria prevista por los arts. 197 y 209 inc.2 del CPCCN.-"
¿Alguien podria ayudarme a entender como funcionan dichos articulos?
Muchas gracias!!