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 #904679  por babilonia
 
Una consulta, recien comienzo a hacer provincia y llego una demanda de divorcio, son 10 dias para contestrala, no?
Ademas le llegó otra por alimentos para la audiencia del 363 y presente certificado médico y pedí nueva audiencia devolviendo cédula por que esta llegó ayer
 #905008  por babilonia
 
NO ME RESPONDAS COMO PORFESOR YO ENTENDI 10 DIAS PERO COMO OTRO COLEGA ME DIJO 5 Y ME LO RE ASEGURÓ ME QUEDO LA DUDA .ÇTANTO TE COSTABA CONTESATR SI O NO O 10 O 5 DIAS-?
NO TE HAGAS PROBLEMA. YA ME CONTESTRAON VARIOS POR MP-
 #905009  por marceso
 
Me parece Babilonia que está perdido, le copio éste artículo. No hago prov. pero si no me equivoco son 15 días.
ARTICULO 337°: Traslado de la demanda. Presentada la demanda en la forma prescripta, el juez dará traslado de ella al demandado para que comparezca y la conteste dentro de 15 días.

OJO QUE HAY COLEGAS QUE NO RECUERDAN SUS COMENZOS DE ESCASA SAPIENCIA Y PUEDEN DECIRLE CUALQUIER COSA.
 #905274  por ANAMARIAP
 
babilonia escribió:NO ME RESPONDAS COMO PORFESOR YO ENTENDI 10 DIAS PERO COMO OTRO COLEGA ME DIJO 5 Y ME LO RE ASEGURÓ ME QUEDO LA DUDA .ÇTANTO TE COSTABA CONTESATR SI O NO O 10 O 5 DIAS-?
NO TE HAGAS PROBLEMA. YA ME CONTESTRAON VARIOS POR MP-
Yo pregunté muchas cosas a veces a colegas de mas de 30 años de profesión y me hicieron meter la pata, hasta que aprendí que el "Código" me daba sin dudas la respuesta correcta.

Un simple consejito, chequear!!!

Saludos, ANAMARIA
 #905351  por DrRodrigo
 
babilonia escribió:NO ME RESPONDAS COMO PORFESOR YO ENTENDI 10 DIAS PERO COMO OTRO COLEGA ME DIJO 5 Y ME LO RE ASEGURÓ ME QUEDO LA DUDA .ÇTANTO TE COSTABA CONTESATR SI O NO O 10 O 5 DIAS-?
NO TE HAGAS PROBLEMA. YA ME CONTESTRAON VARIOS POR MP-

Aaaaaaaaaaaaaaa, a ver... A quien le hace caso, al Código Procesal o al colega... :roll: Consejo, antes de preguntar zonzeras:

1° Lea el código.
2° Lea un código comentado (no me venga con la excusa de que no tiene, porque pululan por la web)
3° Busque jurisprudencia, siempre es bueno saber que dicen los jueces sobre el tema.

Y cuando haya agotado toda fuente de información, recien entre al foro y haga la pregunta. Imaginese, que si tiene problemas para contar un plazo en una contestación, cuando vengan los alegatos, la va a pasar mal. Ni hablar si la otra parte pide negligencia, o caducidad...

Y no soy profesor, odio profundamente el derecho civil, pero soy abogado y hay cosas básicas que a uno le van quedando grabadas, haciendo el ejercicio que le recomende. Después me cuenta.

Saludos.-
 #905352  por DrRodrigo
 
ANAMARIAP escribió:
babilonia escribió:NO ME RESPONDAS COMO PORFESOR YO ENTENDI 10 DIAS PERO COMO OTRO COLEGA ME DIJO 5 Y ME LO RE ASEGURÓ ME QUEDO LA DUDA .ÇTANTO TE COSTABA CONTESATR SI O NO O 10 O 5 DIAS-?
NO TE HAGAS PROBLEMA. YA ME CONTESTRAON VARIOS POR MP-
Yo pregunté muchas cosas a veces a colegas de mas de 30 años de profesión y me hicieron meter la pata, hasta que aprendí que el "Código" me daba sin dudas la respuesta correcta.

Un simple consejito, chequear!!!

Saludos, ANAMARIA
Gran consejo. Primero los códigos, después todo lo demás.
 #905357  por Doncella_de_Orleans
 
Dr. Rodrigo. No se sulfure. El o la colega sabe lo que tiene que hacer, solo que es más fácil preguntar.
Deje que hay muchos profesionales de esta carrera codificada que preguntan al que tienen a mano, total los códigos son para sostener la puerta. Después los encontramos del otro lado y ganamos los pleitos sólo tirándoles el código de procedimientos por la cabeza. Se imagina, tener por incontestada la demanda...porque les dijeron que son 10 días y son 5. Y usted llega el día 6 a los dos minutos de vencidas las dos primeras y deja su escrito de dos líneas. 8)
( Me alegro, por su cliente, de que le haya quedado la duda )
 #905483  por DrRodrigo
 
Doncella_de_Orleans escribió:Dr. Rodrigo. No se sulfure. El o la colega sabe lo que tiene que hacer, solo que es más fácil preguntar.
Deje que hay muchos profesionales de esta carrera codificada que preguntan al que tienen a mano, total los códigos son para sostener la puerta. Después los encontramos del otro lado y ganamos los pleitos sólo tirándoles el código de procedimientos por la cabeza. Se imagina, tener por incontestada la demanda...porque les dijeron que son 10 días y son 5. Y usted llega el día 6 a los dos minutos de vencidas las dos primeras y deja su escrito de dos líneas. 8)
( Me alegro, por su cliente, de que le haya quedado la duda )

Para mi que lo de los 5 días, se lo dijo el abogado de la contraparte... :mrgreen: Así está la pofesión, después no quejamos. :roll:
 #905853  por diegoignacio
 
Yo creo que es imposible tabular cual es una pregunta compleja o no, ya que para un joven abogado seguramente la pavada mas chica es todo un desafio, pero si estoy de acuerdo que este portal es el ultimo recurso para agotar una duda.
 #905877  por dianaalbi
 
Diegoignacio, concuerdo con vos, para un joven abogado a veces lo simple se le hace difícil.No les hubiera costado nada sacarlo del apuro en vez de generar esta cantidad de posteos.Yo no puedo decirselo porque de provincia casi nada y en realidad tendría que mirar el código para contestarlo,
 #906122  por diegoignacio
 
dianaalbi escribió:Diegoignacio, concuerdo con vos, para un joven abogado a veces lo simple se le hace difícil.No les hubiera costado nada sacarlo del apuro en vez de generar esta cantidad de posteos.Yo no puedo decirselo porque de provincia casi nada y en realidad tendría que mirar el código para contestarlo,
el tema pasa creo por otro lado, por el facilismo que impera hoy en esta profesión, donde muchos la eligen para ganar dinero y no importarle nada mas. Para los que sentimos y adoramos al derecho nos justaría ver un poco mas de responsabilidad y compromiso para hacer de este trabajo una profesión respetada y no mirada con desconfianza...
 #906223  por dianaalbi
 
Si a éste colega lo hicieron entrar en duda y quizas miró el código , pero ante la palabra de otro que le dice que es diferente por tal o cual cosa (no es la primera vez que un juzgado le imprime un proceso diferente a un tema), se me ocurre que consultó ante la duda. Por eso dije que era más fácil decirle el plazo y el artículo del que surge y quizas hubiesemos ayudado más. Aca de un tiempo a esta parte veo que además de no contestar a los particulares se hace alarde del saber y no se le contesta a los abogados con poca experiencia.No lo digo por mi que he recibido muchisima ayuda de parte de dos colegas en penal y a quienes agradezco su paciencia.