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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #8945  por pao
 
Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA
 #8950  por darí­o rh
 
pao escribió:Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA


Por lo que interpreto: el cese es del 2006. ¡OJO! con los años que tomás de art.3 L.24476.

En cuanto al turno para Reco, yo lo haría.

¡FELIZ 2007!

 #9131  por martha
 
Pao: me parece que primero tenés que hacer el reconocimiento. :idea:
 #9142  por SIL.PE
 
pao escribió:Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA
te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
 #9156  por ramon
 
SIL.PE escribió:
pao escribió:Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA
te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
hola pregunto en el periodo que va del 82 al año 92, no figura nada en historia laboral del anses, en el caso que no, tenes resibos de sueldo o algo para poder probar esos aportes, tenes que tener por lo menos un 35%, si lo tenes te lo toman todo por la provatoria 960, ahora si no lo tenes no se si te conviene ir a reconocimiento de s° podrias perder mucho tiempo y te lo pueden rechasar, si no tenes lo que te dije habla con tu cliente y vete a lo seguro, osea no metas esos periodos. suerte y tenenos al tanto de lo hicistes. te aconsejo esto porque yo meti una jub. con cert. de s° sola y perdi como la guerra, espero que te sirva
 #9157  por ramon
 
ramon escribió:
SIL.PE escribió:
pao escribió:Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA
te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
hola pregunto en el periodo que va del 82 al año 92, no figura nada en historia laboral del anses, en el caso que no, tenes resibos de sueldo o algo para poder probar esos aportes, tenes que tener por lo menos un 35%, si lo tenes te lo toman todo por la provatoria 960, ahora si no lo tenes no se si te conviene ir a reconocimiento de s° podrias perder mucho tiempo y te lo pueden rechasar, si no tenes lo que te dije habla con tu cliente y vete a lo seguro, osea no metas esos periodos. suerte y tenenos al tanto de lo hicistes. te aconsejo esto porque yo meti una jub. con cert. de s° sola y perdi como la guerra, espero que te sirva

SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA CON CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS




Formulario P.S.6.2 "Certificación de Servicios y Remuneraciones", y los extendidos con anterioridad, debidamente certificados.


Formulario P.S.6.1 de "Afectación de Haberes" debidamente certificado, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de Vida o Préstamo.

• Formulario P.S.5.7 "Derivación de Aportes de Obra Social", en caso de optar por la misma obra social de su actividad laboral.





SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA SIN CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS




A falta de Certificación de Servicios, podrá presentar:

• Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.

• Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia

• Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL. (ex cajas). Original y fotocopia
 #9165  por SIL.PE
 
ramon escribió:
SIL.PE escribió:
pao escribió:Hola, ante todo FELIZ AÑO PARA TODOS!!!!!!!

FECHA DE NACIM.: 12/10/1945
18 años: 12/10/1963


11/1963 a 12/1968= 5 AÑOS 1 MES Art. 3 24.476

RELAC. DEPENDENCIA:

01/10/1982 A 31/03/1992 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene certificacion de empleador)= 9 AÑOS 6 MESES
01/04/1992 A 31/12/1996 = 4 AÑOS 8 MESES
01/01/1997 A 28/02/1997 (para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 2 MESES
01/03/1997 A 31/12/2001= 4 AÑOS 9 MESES
01/01/2002 A 30/06/2002=(para hacer x reconocimiento de servicios, tiene recibos de sueldo de empleador)= 6 MESES
01/07/2002 A 28/02/2005= 2 AÑOS 8 MESES

MONOTRIBUTO:

05/2005 A 11/2006= 1 AÑO 7 MESES

TENGO QUE PEDIR TURNO PARA HACER RECONOCIMIENTO?. GRACIAS!!!! PAOLA
te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
hola pregunto en el periodo que va del 82 al año 92, no figura nada en historia laboral del anses, en el caso que no, tenes resibos de sueldo o algo para poder probar esos aportes, tenes que tener por lo menos un 35%, si lo tenes te lo toman todo por la provatoria 960, ahora si no lo tenes no se si te conviene ir a reconocimiento de s° podrias perder mucho tiempo y te lo pueden rechasar, si no tenes lo que te dije habla con tu cliente y vete a lo seguro, osea no metas esos periodos. suerte y tenenos al tanto de lo hicistes. te aconsejo esto porque yo meti una jub. con cert. de s° sola y perdi como la guerra, espero que te sirva
coincido con ramon . :wink:
 #9226  por ramon
 
SIL.PE escribió:
ramon escribió:
SIL.PE escribió: te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
hola pregunto en el periodo que va del 82 al año 92, no figura nada en historia laboral del anses, en el caso que no, tenes resibos de sueldo o algo para poder probar esos aportes, tenes que tener por lo menos un 35%, si lo tenes te lo toman todo por la provatoria 960, ahora si no lo tenes no se si te conviene ir a reconocimiento de s° podrias perder mucho tiempo y te lo pueden rechasar, si no tenes lo que te dije habla con tu cliente y vete a lo seguro, osea no metas esos periodos. suerte y tenenos al tanto de lo hicistes. te aconsejo esto porque yo meti una jub. con cert. de s° sola y perdi como la guerra, espero que te sirva
coincido con ramon . :wink:
Servicios comunes posteriores al 01/01/70 hasta el 30/06/94.
Con presentación de certificación de servicios:
Se considerarán acreditadas en su totalidad las relaciones laborales invocadas, siempre que por cada una de las empresas certificadas surja algún dato en SIJP. Asimismo, el tiempo total de todos los empleadores a constatar en SIJP debe ser igual o superior al 50% de la suma total del tiempo a computar por todas ellas.
De no acreditarse el porcentaje del 50 % indicado en el párrafo anterior, en el informe que arroja el SIJP, se deberá requerir informe de inclusión en planillas al área pertinente a fin de suplir dicho requisito o completar el porcentaje requerido.
Si por alguna/s de las empresas certificadas no figurase ningún dato en SIJP deberá requerirse informe de Registro de Firma respecto de aquellas, caso negativo se requerirá informe de inclusión en planillas por tres años. Si el tiempo certificado fuere inferior a tres años y el registro de firma resultó negativo, se requerirá inclusión en planillas por el 50% del tiempo certificado con dicho empleador.
De resultar negativo el informe de inclusión en planillas, se procederá a verificar o evaluar pruebas, según corresponda.
Se deberá constatar en el cuadro de Información del Area Información de Activos (Anexo II) si por el tipo de ex-caja en cuestión obran datos para la futura consulta.
Si de las consultas practicadas no se alcanza el porcentaje del 50% necesario para la acreditación de servicios o no resulta positivo el informe del Area información de Activos, se deberá proceder a la verificación de la/las empresas por las que no surge ningún tipo de información (o por aquella/as empresas donde el titular registre menor información con relación al tiempo a considerar), con las que una vez practicada la inspección se reúna el porcentaje requerido.
De no resultar posible realizar la/as verificación/es se procederá a la evaluación de pruebas por el profesional abogado de la UDAI.
Sin presentación de certificación de servicios:
Se considerará acreditado el período laboral siempre que figure un 50% del tiempo invocado con dicho empleador en el informe de SIJP.
Si resulta necesario, a fin de reunir el porcentaje requerido, se consultará a nuestros registros internos. Caso negativo y teniendo en cuenta que no se encuentra activa la empresa, se solicitará al letrado de la UDAI la evaluación de pruebas pertinente
esto es mas claro, espero que te sirva ,nunca lo habia puesto en el foro ,asi lo vean todo. suerte

 #9260  por martha
 
Hola Ramon: es la probatoria 980, no?.
bueno yo siempre prefiero iniciar un reconocimiento de servicios si es que el cliente acepta, hay que evaluar cada caso y la necesidad, les comento que pongo todo, certificaciones, si no tengo certificaciones recibos, notas, obra social, afiliacion sindical, detallo en una hoja aparte cada empresa con su domicilio, nombres completos, telefonos, si hay carnets tambien, bueno todo lo que puedo para acreditar que se trabajo allí, eso si cuando sale la resolucion del reconocimiento sumo bien porque mas de una vez se han equivocado.
Aparte controlo la sabana con la certificacion cuando la tengo.
Suerte. :idea:

 #9273  por ramon
 
martha escribió:Hola Ramon: es la probatoria 980, no?.
bueno yo siempre prefiero iniciar un reconocimiento de servicios si es que el cliente acepta, hay que evaluar cada caso y la necesidad, les comento que pongo todo, certificaciones, si no tengo certificaciones recibos, notas, obra social, afiliacion sindical, detallo en una hoja aparte cada empresa con su domicilio, nombres completos, telefonos, si hay carnets tambien, bueno todo lo que puedo para acreditar que se trabajo allí, eso si cuando sale la resolucion del reconocimiento sumo bien porque mas de una vez se han equivocado.
Aparte controlo la sabana con la certificacion cuando la tengo.
Suerte. :idea:
si dra. yo primero analiso todo lo que tengo en mano, luego le explico al cliente que es lo que le conviene y que no y el toma la desicion siempre, como debe ser, para que luego no me rete ok.

 #9285  por SIL.PE
 
ramon escribió:
martha escribió:Hola Ramon: es la probatoria 980, no?.
bueno yo siempre prefiero iniciar un reconocimiento de servicios si es que el cliente acepta, hay que evaluar cada caso y la necesidad, les comento que pongo todo, certificaciones, si no tengo certificaciones recibos, notas, obra social, afiliacion sindical, detallo en una hoja aparte cada empresa con su domicilio, nombres completos, telefonos, si hay carnets tambien, bueno todo lo que puedo para acreditar que se trabajo allí, eso si cuando sale la resolucion del reconocimiento sumo bien porque mas de una vez se han equivocado.
Aparte controlo la sabana con la certificacion cuando la tengo.
Suerte. :idea:
si dra. yo primero analiso todo lo que tengo en mano, luego le explico al cliente que es lo que le conviene y que no y el toma la desicion siempre, como debe ser, para que luego no me rete ok.
yo tengo un caso que tiene 4 meses rrdd que fijuran en sabana sijp anses y no tiene recibo sueldo,ni certificacion de servicios.
Yo no los iba a tener en cuenta porque son 4 meses nomas,pero el iniciador de afjp nacion me dijo que les lleve el telegrama con aviso de inexistencia del empleador.pero ....y la 980???la verdad no se que hacer,y si no los tomo y me lo rechazan???aparte tiene 9 años mas rrdd con certificacion.

me tiene dudosa q hacer con esos 4 meses de 1977,cuyo empleador fallecio y no quedo nada de la empresa.
alguien me podria aconsejar.?

saludos.

 #9291  por martha
 
Sil.Pe. y que pensabas hacer con esos meses, ya que te figuran en la sabana, si bien es poco o en el monton digamos casi nada, pero te doy mi modesta opinion: siempre cuando interviene una AFJP, yo evaluo con ellos y el cliente ahi sentadito que le conviene, presentate con tu cliente en la AfJP, y vean bien como armar la situacion. :idea:
 #9305  por pao
 
GRACIAS A TODOS X SUS REPUESTAS Y CONSEJITOS!!!!!!!!

ESTE ES UN CASO BASTANTE RARO, por un lado la sra. tiene una sábana de ANSES de junio/2005 donde le figuran los 10 años y luego en otra sábana pero de diciembre de 2006, ya no figuran más?????????
La señora tiene en su poder certificación de servicios x los 10 años, donde la firma de la dueña está certificada x banco. Lo que no tiene son los recibos, ni afectacion de haberes, ni derivación de aportes a obra social.

Lo que no logro entender es el tema del CESE EN EL 2006, es como imposible no dárselo en este año, ya que ella sigue trabajando y sigue pagando el montributo, porque le interesa mantener la obra social, entonces como harían ustedes?? renuncio a esos períodos y le doy el cese antes, la verdad es que tampoco puedo contar con la opinión de ella pues, cada vez que le pido algún parecer me contesta que haga lo que crea que más le conviene... ESTA COMPLICADO....

SI ME PUEDEN DAR UNA MANO MILLONES DE GRACIAS!!!!!!!!
Paola





ramon escribió:
ramon escribió:
SIL.PE escribió: te pregunto,esos periodos que tiene recibo de sueldo no mas,figuran los aportes en la sabana de anses sijp?porque si figuran no tendrias que hacer reconocimiento.de lo contrario si los queres hacer valer si,coincido con la Dra, Martha. :arrow:
el reconocimiento de servicios demoraun poco mas el tramite jubilatorio,anda avisandole al futuro beneficiario... :?
CESE:ojo¡¡ coincido con Dario rh
saludos.
hola pregunto en el periodo que va del 82 al año 92, no figura nada en historia laboral del anses, en el caso que no, tenes resibos de sueldo o algo para poder probar esos aportes, tenes que tener por lo menos un 35%, si lo tenes te lo toman todo por la provatoria 960, ahora si no lo tenes no se si te conviene ir a reconocimiento de s° podrias perder mucho tiempo y te lo pueden rechasar, si no tenes lo que te dije habla con tu cliente y vete a lo seguro, osea no metas esos periodos. suerte y tenenos al tanto de lo hicistes. te aconsejo esto porque yo meti una jub. con cert. de s° sola y perdi como la guerra, espero que te sirva

SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA CON CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS




Formulario P.S.6.2 "Certificación de Servicios y Remuneraciones", y los extendidos con anterioridad, debidamente certificados.


Formulario P.S.6.1 de "Afectación de Haberes" debidamente certificado, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de Vida o Préstamo.

• Formulario P.S.5.7 "Derivación de Aportes de Obra Social", en caso de optar por la misma obra social de su actividad laboral.





SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA SIN CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS




A falta de Certificación de Servicios, podrá presentar:

• Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.

• Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia

• Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL. (ex cajas). Original y fotocopia