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  • Deuda mal informada de ABL - AYUDAAAAA

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 #919700  por marus80
 
Hola a todos.
En un expte de ejecucion por deuda de abl, opuse excepcion de pago y resolvieron favorablemente al cliente.
El tema es que ahora los propietarios al vender la unidad tienen la deuda informada y el escribano retuvo los $$, tiene hasta el 15 de diciembre para realizar el pago.
Solicito oficie el juzgado para proceder con el levantamiento de la misma y el proveido dice:

GCBA XXXXXX SOBRE EJ.FISC. - ABL”, EXPTE: XXXXX Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de noviembre de 2012.-
Líbrese el oficio solicitado, a los fines indicados en el escrito a despacho, en los términos del artículo 328 del CCAyT.
Hágase saber al peticionario que deberá consignar en la diligencia los datos necesarios a fin de una correcta individualización del ejecutado (nombre completo, DNI, CUIL o CUIT, etc.). 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2, hágase saber a la peticionaria que en caso de resultar infructuosa dicha diligencia, deberá ocurrir por la vía que corresponda. 3. Cúmplase con la vista al Representante del Fisco ordenada a foja 74 vta.

Como debo confeccionar el oficio, transcribo este texto o el de la resolucion que ordena archivo??. cuando se refiere a recurrir por la via que corresponda a que se refiere??; YO ya presente nota en rentas pero tardan; minimo 15 dias en ver el pedido

Alguien tuvo algun tema asi que pueda guiarme???

Como siempre, gracias!!!!
 #919775  por andresxeneizes
 
tenes que hacer el oficio con trasncripcion de auto, creo que el 328 de la ciudad es como el 400 de la nacion es decir va con firma de letrado.
yo entiendo que cuando se refiere a la via que corresponda, es por el tema de si no cumplen con lo que dice el oficio, ya que alli habria una accion de daños contra el gcba y no se si incluso una accion penal contra el funcionario responsable, todo lo cual excede el expte de ejecucion fiscal
 #919872  por marus80
 
Andres,
Gracias por la ayuda
El 328 es el que autoriza el oficio con firma de letrado.
Mi duda era si transcribia el proveido que copie o la resolucion de fecha febrero en donde se corrobora que no hay deuda.

Cualquier cosa, pruebo. Transcribo este auto.
GRacias!!!