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  • SE murio el demandado el dia que inicie!!

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 #922275  por PALITO3669
 
El Tema es así:

Intimo al deudor por CD al pago de una suma de dinero con anterioridad al inicio de la demanda.
Éste desconoce y se cierra el intercambio postal.
Luego inicio demanda por cobro de $, pero el mismo día que inicio, SE MUERE el demandado, Me plantean los herederos (y codemandados) la nulidad de la cedula de notif, por el fallecimiento.

PREGUNTA: Como sigo? me presento en la sucesion? como les cobro a los herederos? que pasa con la demanda?

EL juzgado está mas perdido que yo... Me decreto la nulidad de la ced de notif e intimo a los herederos a que denuncien datos-

Gracias
 #922305  por ebarreyro
 
No está perdido el juzgado. Es correcta la resolución.
Si hay sucesorio, se remite por atracción, se endereza contra los herederos. SI hay DDHH, se pide copia certificada, se agrega y listo. Si no la hay, se pide al actuario que certifique quiénes se presentaron en el sucesorio y quiénes fueron denunciados como sucesores. Si no se inicia el juicio, se endereza contra quienes hicieron los planteos y se los intima a que denuncien los restantes herederos. Art. 53 CPCCN o CPCC BsAs.
 #922447  por ale532
 
No me parece que el juzgado haya procedido bien al dictar la nulidad de la notificación, ya que vos no tenías por qué estar enterado que JUSTO ESE DIA el ddo. se iba a morir.

De todas maneras, el resto está ok, como te dijo ebarreyro deberán prsentarse los herederos.
 #922712  por PALITO3669
 
Gracias a ambos por sus respuestas.
Yo también considero que el juzgado se equivocó cuando dictó la nulidad de la notificación.

En caso de que los herederos no inicien sucesorio, que puedo hacer?

Gracias