Hola queridos colegas.. quería hacer la siguiente consulta.
Mi cliente renuncia a su trabajo en noviembre de 2010. Llega en estos días al estudio con la noticia que su empleador, y tantos otros que tuvo, no le hicieron en varios meses los aportes.
Venció el plazo de 2 años para poder reclamar multa por el art 132 bis de lct.
La pregunta es... como hago para reclamar aportes ahora?
Intimo mediante CD, bajo apercibimiento de iniciar denuncia en la AFIP y multas de art.132 de la ley de jubilac y pens? (prision).
Que me aconsejan hacer?
Espero que me puedan ayudar.
Saludos cordiales!
Mi cliente renuncia a su trabajo en noviembre de 2010. Llega en estos días al estudio con la noticia que su empleador, y tantos otros que tuvo, no le hicieron en varios meses los aportes.
Venció el plazo de 2 años para poder reclamar multa por el art 132 bis de lct.
La pregunta es... como hago para reclamar aportes ahora?
Intimo mediante CD, bajo apercibimiento de iniciar denuncia en la AFIP y multas de art.132 de la ley de jubilac y pens? (prision).
Que me aconsejan hacer?
Espero que me puedan ayudar.
Saludos cordiales!
