Hola, tengo una dificil sobre trabajo por equipos, es que en una industria hacen hacer turnos rotativos a gente que si o si debe estar en equipos, hornos, calderas etc o sea que no admiten interrupciones pero tambien a gente que trabaja en talleres mecanicos o en lugares de la fabrica que si se para la maquina y se reenciende en custion de segundos, sin perjudicar la produccion, como saben el trabajo por equipos se puede prolongar mas alla de las 8 horas diarias o las 48 semanales, es por esto que trabajan por dia 8 horas 40, (de estos 40 minutos lo usan 20 a la entrada para cambiarse, prepararse con charlas de seguridad y los otros 20 a la salida para ducharse) llegando por semana a 54 horas, estando justo en el limite permitido por la ley.
Ahora bien, con estas personas del taller mecanico y en otros lugares que si admite interrupcion, ¿no se esta abusando del instituto del trabajo por equipos haciendolos ir 40 minutos mas por dia?, de quien es privativo fijar cuales son las tareas por equipos? del la ley solo? ¿o el empleador puede disponer que algunas tareas tambien lo sean asi?
otra cosa mas relacionada, la ley dice que en los turnos no se puede superar las 56 horas semanales, en una de esas semanas de esos periodos de 3 semanas se exceden por 4 horas, o sea en la primer semana 52 horas, la segunda 60 y en la tercera 54. Entiendo que esa segunda semana encuadra en lo que es trabajo prohibido, ¿se denuncia al ministerio de trabajo? ¿reclamo horas extras?.
En fin , muchas dudas en un tema complejo que no encuentro mucho, asi que les agradesco ayudas.
Saludos.
Ahora bien, con estas personas del taller mecanico y en otros lugares que si admite interrupcion, ¿no se esta abusando del instituto del trabajo por equipos haciendolos ir 40 minutos mas por dia?, de quien es privativo fijar cuales son las tareas por equipos? del la ley solo? ¿o el empleador puede disponer que algunas tareas tambien lo sean asi?
otra cosa mas relacionada, la ley dice que en los turnos no se puede superar las 56 horas semanales, en una de esas semanas de esos periodos de 3 semanas se exceden por 4 horas, o sea en la primer semana 52 horas, la segunda 60 y en la tercera 54. Entiendo que esa segunda semana encuadra en lo que es trabajo prohibido, ¿se denuncia al ministerio de trabajo? ¿reclamo horas extras?.
En fin , muchas dudas en un tema complejo que no encuentro mucho, asi que les agradesco ayudas.
Saludos.