Hola amigos!! es una inquietud la que tengo, en este caso el cliente tiene deuda monotributo del 2000 al 2007 cosa que voy a renunciar aplicando art. 1 de 25321, pero registra un pago del 07/2004 la pregunta es lo puedo renunciar para aplicar el cese ficto? y en tal caso en la situación de revista entonces marcaría este período aplicándole el art. 1 25321, o no es necesario que lo aplique con invocarlo en observaciones que se renuncia a los fines de tomar el cese ficto estaría bien?
Al tomar el cese ficto podría aplicar 2 años por art. 3 24476, tomando como fecha el 2000 el ultimo pago.
Gracias desde ya!
floppy
Al tomar el cese ficto podría aplicar 2 años por art. 3 24476, tomando como fecha el 2000 el ultimo pago.
Gracias desde ya!
floppy
