Hola colegas, tengo una clienta que la despidieron mientras se encontraba de licencia médica por un accidente laboral.- Corresponde alguna indemnización agravada en este caso?? Gracias
ods escribió:213 LCT podrá ser?Efectivamente compañero Oscar, mas la sanción agravada del art 275 LCT. Eso en principio, ya que a mi entender (sin haber profundizado mucho el tema) en este caso se trataría de un despido discriminatorio y pudiera pedirse la reinstalación del puesto de trabajo por vía del amparo de la ley antidiscriminatoria
DiegoAle escribió:Concuerdo con sanjuanino, yo profundizaría por el lado de la discriminación con la reinstalación, salarios caídos y daño moral pero hay que ver si tú cliente quiere o no volver a trabajar en ese lugar, si no la discriminación es sólo por los daños.Mucho mas completa que la mía es la respuesta del compañero.
DiegoAle escribió:sanjuanino como introducción actualizada te recomiendo esto http://www.mansueti.com.ar/img/articulo ... par%29.pdfAgradezco enormemente la gentileza de brindarme esa información, compañero platense. Ya mismo he procedido a saquearla y mañana la imprimo para leerla en papel (No me gusta en lo mas mínimo leer de internet, serán los años)
Antes que la CSJN dictara el fallo "Alvarez" hice una monografía para la especialización con un colega (no te la puedo mandar) pero los autores que citamos son por ejemplo Moises Meik, Ricardo Cornaglia, Oscar Zas, Estela Ferreiros, Amanda Caubet, Roberto Pompa, creo que Viviana Dobarro, entre otros.