Presenté una demanda por despido sin causa, ahora tenemos una audiencia de vista de causa, provincia de Río Negro. Mi clienta es la trabajadora, tiene que absolver posiciones (el empleador también), bueno, la ley provincial 1504 que regula el procedimiento laboral dice que para la absolucion de posiciones la tienen que citar al domicilio real, y mandaron la cédula a mi estudio, al constituido. ¿Puedo entonces plantear negligencia en la producción de prueba el día de la audiencia y que mi clienta no absuelva? Qué me recomiendan? Gracias
JV
JV
¿Será Justicia?